¿Qué vida es preciso defender?
Dra. Florencia Luna1
Directora del Area de Bioética de la Facultad Latinoamérica de
Ciencias Sociales
Resulta inaudito que se genere una polémica como la que en las
últimas semanas se planteó a raíz de un aborto terapéutico. Se
trata de una mujer de 35 años, madre de dos niños, que padece una
enfermedad cardiovascular severa, hipertensión y obesidad y cuyo
embarazo ponía en riesgo su vida.
Los profesionales que la atendían pidieron una orden judicial,
concedida a las nueve semanas de embarazo. Transcurrieron dos
largos meses... Estas idas y venidas judiciales atentan contra los
principios básicos de la bioética.
Hay que comenzar por señalar que, aun con sus ambigüedades, el
Código Penal, en su artículo 86, es absolutamente claro respecto de
la no punibilidad del aborto si se hace "con el fin de evitar un
peligro para la vida o la salud de la madre". Esto implica que se
puede realizar la intervención sin autorización judicial previa.
La ley pide el consentimiento de la mujer. ¿Por qué se pide el
consentimiento? Por un principio bioético fundamental: el respeto a
la autonomía de las personas. Porque aquellas mujeres que, por
motivos religiosos u otras razones personales, prefieren arriesgar
su vida en pos de intentar el nacimiento de un hijo son libres de
hacerlo, pero aquellas que tienen otros valores o "simplemente"
quieren continuar viviendo también tienen derechos. Tal como lo
plantearon los jueces, aun si se concede que hay dos vidas en
juego, debe privilegiarse la de la madre, por su instalación en el
mundo (porque tiene un plan de vida, preferencias y deseos) y
porque, en muchos casos, de ella dependen otros hijos. Es más: la
ética considera el sacrificio de la mujer un acto supererogatorio:
está más allá del llamado del deber, de la obligación ética. Este
sacrificio puede surgir de la moral de un santo o un héroe, pero no
podemos exigirlo al resto de las personas.
Así pues, quitar este derecho a la vida a la mujer no es
humanitario. Esta judicialización inadecuada victimiza a la mujer.
El diagnóstico médico y la
autorización de la involucrada bastan para realizar el aborto. No
se debe pedir autorización.
Someter a esta instancia a la mujer y a su familia viola otro de
los principios fundamentales de la bioética: el de no dañar. Se la
daña físicamente y psicológicamente cuando se retrasa una decisión
de esta índole durante más de ocho semanas.
Implica atentar contra su salud, jugar con la vida y la muerte...
Y, finalmente, se atenta contra el principio de justicia: esto,
desgraciadamente, les ocurre a quienes no tienen recursos, a los
más vulnerables. Tal como señaló el ministro de Salud, el problema
del aborto es un serio problema de salud pública que no se puede
seguir soslayando. Implica la muerte innecesaria de demasiadas
mujeres.
El Estado debe garantizar este derecho a la vida y a la salud y
debe hacer que se conozca la ley, con sus implicancias, para que
los profesionales de la salud la respeten.
En 2005, judicializar un caso como éste es inadmisible.
1.
La autora fue presidenta de la Asociación Internacional de
Bioética.
Publicado en La Nación, julio, 05.
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