SEMINARIO INTERNACIONAL ABORTO, DERECHOS, SUBJETIVIDAD Y PODER
Viernes 4 de agosto de 2006
Panel: "Diferentes estrategias para el acceso al aborto legal,
seguro y gratuito"
Ponencia de Mónica Roa
Buenas tardes a todas y a todos. Es para mí siempre un placer
hablar de la experiencia que tuvimos en Colombia con el proyecto
Laica, que denominamos así porque representa las iniciales del
título del proyecto que se llama "Litigio de alto impacto en
Colombia de constitucionalidad del aborto".
Cuando uno hace litigio de alto impacto tiene dos objetivos, uno es
sostener un ámbito favorable por parte de una Corte, pero además
uno quiere lograr un alto impacto. Quiere decir que quiere
modificar la manera de abrir un debate para ver cómo la opinión
pública entiende un determinado tema, con la excusa de hacer la
presentación de una acción frente a la Corte.
Entonces son dos objetivos principales: 1) Una decisión favorable
de la Corte y 2) Un cambio en la opinión pública.
Utilizamos tres estrategias fundamentales: La primera es un cambio
en los términos del debate. La segunda es un cambio en la instancia
frente a la cual se está dando el debate, y la tercera es un cambio
frente a los actores que estaban participando en el debate.
En cuanto a la primera, un cambio en los términos en que se estaba
dando el debate, en Colombia desde hace más de treinta años se
habían presentado varios proyectos de ley en el Congreso buscando
la despenalización del aborto. El primero se presentó en el año
1973 y esto nos da una idea de la cantidad de tiempo y energía que
se ha gastado frente a esto. No es una cosa que pasó de un momento
a otro, sino que feministas anteriores a mi generación han venido
trabajando y abonando el terreno siempre frente al Congreso y dando
un debate político dentro del contexto colombiano.
Lo que nosotros hicimos primero fue estudiar cuáles eran los
términos en que se venía dando el debate. Hicimos un estudio de los
archivos de prensa desde el año 1973 para ver cómo los medios de
comunicación cubrían el tema. Ahí vimos que el debate siempre era
de moral y religión.
Nosotros la cambiamos radicalmente. Tratamos que el aborto siempre
fuera visto como un problema de salud pública, derechos humanos y
equidad de género.
Desde un primer momento enmarcamos el debate precisamente como una
violación al derecho a la vida, a la salud y a la integridad de la
mujeres. En Colombia el aborto es la tercera causa de mortalidad
materna. Estas estadísticas sólo reflejan las muertes de las
mujeres que tienen un aborto complicado. No reflejan las muertes de
las mujeres que sí se hubieran salvado, si hubieran podido tener un
aborto a tiempo.
Tengo un caso muy cercano a mí en Colombia, de una mujer que le
descubrieron cáncer cuando tenía sólo un mes de embarazo en el
útero. Ella se hubiera podido tratar perfectamente el cáncer si
hubiera podido interrumpir el embarazo, pero la obligaron a
llevarlo a término. Hoy en día ella está en etapa terminal y se va
a morir por no haber podido tener un aborto a tiempo. Su muerte en
las estadísticas va a figurar como una muerte por cáncer.
Con esto les demuestro cómo las estadísticas que muestran que el
aborto es la tercera causa de mortalidad materna es ficticia,
porque son muchas más mujeres las que podrían salvar su vida si
pudieran acceder a un aborto a tiempo.
Con este argumento de salud pública enmarcamos el aborto como el
derecho a la vida.
Además utilizamos mucho todas las interpretaciones que hay del
derecho internacional. La oposición generalmente habla del derecho
a la vida y el derecho a la unidad del hijo no nacido, pero en el
derecho internacional de eso no se habla. Nunca ninguna Corte ha
reconocido derechos al hijo no nacido.
Cuando se habla de aborto y de derecho a la vida, el Derecho
Internacional dice que se viola el derecho a la vida de las
mujeres, por parte de los países que tienen unas leyes de aborto
altamente restrictivas, por la causalidad tan directa que hay entre
la restricción al aborto y la mortalidad materna.
Esto está clarísimo en el Derecho Internacional y en Colombia como
acá en Argentina, la Constitución incorpora todos los Tratados de
Derechos Humanos al sistema nacional, que son una referencia
relevante para discusiones jurídicas.
El problema del aborto como un tema de equidad de género:
obviamente sólo las mujeres quienes nos embarazamos, por lo tanto
sólo las mujeres estaremos enfrentadas a la decisión de interrumpir
o no un embarazo. Como lo dice el Código de Ética encargado de
monitorear la Convención para eliminar todas las formas de
discriminación contra las mujeres, no hay ninguna práctica médica
que sea necesitada sólo por los hombres que esté considerada un
delito. Pero una práctica en salud que las mujeres sí necesitan se
considera un delito. Por lo tanto aquí hay una clara
discriminación.
Finalmente, otro argumento que se une perfectamente con la justicia
social y cuyo esquema compartimos con la Argentina es cuando las
mujeres tienen recursos. Esas mujeres con recursos pueden pagar un
médico privado o viajar a otros países donde el aborto sea legal
sin ningún problema. Son las mujeres con menos recursos, las que
viven en zonas rurales, las más jóvenes, las más vulnerables, las
que realmente terminan pagando incluso con su vida, la total
penalización del aborto como era en el caso de Colombia. Ustedes no
tienen total penalización pero en la práctica hay una total
inaccesibilidad.
Entonces, esta fue la manera como cambiamos los términos del
debate.
Nosotros lo teníamos claro y eso tenía muchas implicaciones
prácticas. Una de ellas por ejemplo es que cuando los periodistas
me pedían entrevistas, yo les decía: Ustedes me quieren preguntar a
mí y no me pueden poner a discutir con un sacerdote, con un
representante de la Iglesia Católica, porque el debate que yo estoy
dando es un debate jurídico, no es un debate ni moral ni religioso.
Si la Iglesia Católica quiere estar en contra, a mí me parece
perfecto que esté en contra. Católicas por el Derecho a Decidir, de
las que nosotros también tenemos representantes en Colombia, son
las que critican la posición oficial de la Iglesia. Si ustedes
quieren hablar del debate moral sobre el aborto, traigan a
Católicas por el Derecho a Decidir, traigan a representantes de la
Iglesia Católica, de pronto traigan a representantes de otras
religiones para ver qué posiciones tienen frente a esto.
Pero ustedes quieren entrevistarme a mí y quieren preguntarme sobre
la demanda que presenté ante la Corte, me tienen que traer a un
abogado constitucionalista. Podremos no estar de acuerdo pero yo
estoy dispuesta a debatirlo siempre en términos jurídicos y
constitucionales. Eso si bien fue quedando cada vez más claro para
los periodistas, comenzaron a hablar con las abogadas del
Episcopado colombiano. Pero incluso con ellas teníamos muchos
acuerdos porque eran abogadas. Como Colombia ha ratificado Tratados
de Derechos Humanos y cada Tratado tiene un Comité que está
encargado de mirar qué estás haciendo y si estás cumpliendo con sus
obligaciones y recomendaciones. Esas recomendaciones sirven como
guía de interpretación para los derechos constitucionales de
Colombia.
Pero a medida que fue pasando el tiempo tanto en los medios de
comunicación como en la sociedad en general, se fueron dando cuenta
que el debate moral y religioso eran dos cosas totalmente distintas
y que en este caso, el debate moral no podía con el debate
constitucional.
La segunda estrategia fue el cambio de instancia. Como les
comentaba antes, se habían presentado cinco o seis proyectos de ley
en el Congreso de la República y todos fracasaron.
La gran mayoría buscaban despenalizar el aborto en ciertas
circunstancias. Presentamos una demanda frente a la Corte
Constitucional porque la estrategia de trabajar con el Congreso
había fracasado. Había fracasado claramente porque a pesar de ser
un Estado laico la Iglesia Católica sigue teniendo mucho poder
dentro del contexto colombiano.
Desde la reforma de 1991, se crea la Corte Constitucional que tiene
la función de proteger los derechos de todos, incluso de las
minorías frente al poder de la democracia vehiculizado en las leyes
que dicta el Congreso. Aquí le correspondía a la Corte decidir que
el Congreso se estaba extralimitando en sus funciones como legislar
y penalizar el aborto en todos los casos, e incluso que éramos una
minoría sin representatividad suficiente en el Congreso para
presentar un proyecto de ley y se tenían que respetar nuestros
derechos.
Más adelante, a medida que el proceso avanzó, me encontré con
muchos políticos que me decían que estaban muy contentos que el
tema estuviera en la Corte porque ellos podían estar de acuerdo,
pero no podían votar a favor en el Congreso, porque si lo hacían la
Iglesia Católica va a los pueblitos donde los eligen y los domingos
hacen las homilías o sermones en contra y se les acababan los
votos. Lo decían con un poco de tristeza y vergüenza pero de una
manera muy realista. Por eso apoyaban que el tema fuera a la Corte
Constitucional.
En Colombia tenemos un sistema constitucional que facilita bastante
este proceso, porque cualquier ciudadano o ciudadana puede
presentar la demanda de inconstitucionalidad directamente frente a
la Corte Constitucional. No hay que agotar otras instancias
judiciales. Se pueden hacer litigios en abstracto, que quiere decir
yo demandé el art. 122 del Código Penal y no tuve que buscar casos
de mujeres que quisiera abortar, sino que abrí litigio en
abstracto.
Esto lleva mucho menos tiempo, menos gastos, menos fondos con los
que trabajamos en la organización a la que pertenezco.
Los argumentos que presentamos creo que son totalmente aplicables
para el caso argentino. En Colombia la Constitución Nacional
incorpora los Tratados de Derechos Humanos que han sido ratificados
a la Constitución Nacional. Resulta que cada uno de los Tratados
tiene un Comité que está encargado de monitorear si los Estados que
se comprometieron, están cumpliendo con las recomendaciones
internacionales que de ahí se derivan. A partir de ese examen que
ellos hacen, es que emiten recomendaciones a cada uno de los
países. Esas recomendaciones son por lo tanto, la interpretación
autorizada del lenguaje de derechos humanos que a veces es un poco
vago y amplio. Pero en este tema es particularmente claro.
El tema del derecho a la vida, se puede argumentar para algunos
como el derecho a la vida del no nacido, y para otros como el
derecho a la vida de la mujer que pone en peligro su integridad por
un aborto inseguro. Es en ese momento en donde las interpretaciones
autorizadas de los tratados nos dan una interpretación mucho más
concreta. De manera expresa dicen: "Nos preocupa mucho que el
aborto sigue siendo penalizado en todos los casos, le recomendamos
al país revisar sus normas sobre abortos, para que por lo menos no
sea penalizado en los casos más extremos: peligro para la vida de
las mujeres, violación, malformaciones fetales graves, etc."
Entonces teníamos una cantidad de recomendaciones de estos Comités
de monitoreo Internacionales, además no solamente del Comité de los
Derechos de la Mujer, sino también del Comité de Derechos Humanos
que es el más tradicional de todos; del Comité de los Derechos de
los Niños que también recomienda la despenalización del aborto
porque tiene claro que está en riesgo la salud de las mamás; del
Comité Interamericano de Derechos Humanos que a veces es alguno de
los argumentos que usa la oposición porque protege el derecho a la
vida desde el momento de la concepción, pero resulta que hay una
frase que dice "en general", y todos sabemos que ello admite
excepciones, y además en sus recomendaciones a Colombia dicen
claramente que les preocupa cómo el aborto totalmente penalizado es
una causa de mortalidad materna tan alta.
La Corte había venido usando todos estos argumentos de derecho
internacional para otros temas. Entonces lo que le dijimos a la
Corte básicamente fue: "sea consistente, usted tiene que aplicar
esos mismos criterios de interpretación de los derechos al tema del
aborto". Y eran tan claros y tan específicos que no había manera de
refutar.
Hay además dos precedentes jurisprudenciales que ocurrieron el año
pasado, que también tienen importancia muy particular para América
Latina.. El primero es el caso de Paulina Asper de Méjico que se
llevó ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos. En este
caso el Estado mejicano reconoció responsabilidad internacional por
no haberle permitido el aborto al que Paulina tenía derecho haber
sido resultado de una violación, por falta de regulación, por falta
de claridad, por falta de voluntad de las personas que estaban
involucradas en el proceso de la provisión del servicio.
Reconocieron que era una violación a los derechos humanos de
Paulina y por lo tanto, habiendo reconocido responsabilidad
internacional, buscarán la manera de remediar esto.
Hay otro caso, el de Karen Llantoy de Perú. En este caso el Estado
peruano fue condenado por el Comité de Derechos Humanos de Naciones
Unidas por no haberle permitido el aborto en el caso del feto
anencefálico. Lo interesante de este caso es que no se citaron los
derechos tradicionales como el derecho a la vida, a la salud, a la
integridad, a la dignidad, a la igualdad, sino que fueron más allá
y por primera vez dijeron que se trataba de una violación al
derecho de estar libre de tortura y tratos crueles, inhumanos y
degradantes. El haberla obligado a tener el hijo anencefálico que
sabían que se iba a morir inmediatamente, se consideró tortura por
parte del Estado peruano.
Estos dos casos tienen un punto en común que creo muy relevantes
para Argentina en este momento. En los dos casos se trataba de
abortos que eran legales según la legislación nacional pero que por
alguna razón las mujeres no pudieron acceder a este derecho. Aquí
hay un tema muy interesante para la Argentina, y es cómo la
jurisprudencia internacional cada vez es más clara e indica que
cuando el aborto es legal tiene que ser accesible. No se puede
negar el servicio a una mujer cuando la ley es clara.
Como aporte, les llamo la atención sobre la existencia de estas
Cortes Internacionales que últimamente se han mostrado abiertas a
la recepción de este tipo de casos. La jurisprudencia es cada vez
clara, cada vez aporta más elementos. Creo que el caso de Argentina
hay que llevarlo a una Corte Internacional. Las posibilidades de
que la decisión sea favorable son altísimas y además, todos esos
argumentos internacionales tienen que ser exigidos dentro de la
jurisprudencia constitucional argentina, porque la propia
Constitución incorpora todos los Tratados de Derechos Humanos.
Veo que todos los argumentos que usé en Colombia pueden ser
aplicados en Argentina. No conozco el contexto y eso se los dejo a
su juicio, pero por lo que leído y desde el punto de vista teórico
jurídico veo que aplican perfectamente los argumentos.
Finalmente, una referencia al cambio de los actores. Obviamente
como el debate era originalmente religioso, los periodistas a las
primeras personas a las que iban a entrevistar cuando había algún
debate o alguna noticia era a representantes de la Iglesia
Católica. Era la fuente principal para los periodistas.
Logramos que eso cambiara diversificando, democratizando los
actores. Obviamente cuando hablamos del aborto como un tema de
salud pública, los expertos en salud pública tienen cosas
importantes que decir. Los médicos, los grupos feministas aunque a
veces tienen posturas igual de radical que la iglesia. En este caso
yo adopté una posición moderada, en donde simplemente pedía la
despenalización del aborto en los casos más extremos, donde estaba
en riesgo la vida o la salud física y mental de la mujer por casos
de violación, incesto o cuando hay malformaciones fetales graves.
Enseguida todos los grupos de mujeres feministas salieron diciendo
que lo que se necesitaba era la despenalización total. Esto
posibilitó que yo pudiera seducir a este sector de la población que
está en la mitad. Que no está casado con ninguno de los dos
extremos. A través de un debate que no fuera apasionado sino muy
racional, muy centrado, muy moderado con argumentos, se logró
seducir a la mayoría de la sociedad.
Las estadísticas son bastante claras. Cuando presentamos la demanda
en abril de 2005, el 85% de la población colombiana estaba en
contra de cualquier tipo de despenalización. En marzo de 2006,
antes de que la decisión final saliera, ya teníamos el 55 % de la
población a favor de la despenalización parcial del aborto, en los
términos en que yo lo había solicitado a la Corte.
La decisión salió el 10 de mayo de 2006 y después de esto el apoyo
subió a más del 60%.
Esto cumple con el objetivo del litigio de alto impacto y es cómo a
través de una acción judicial se puede crear todo un proceso que
modifique la opinión pública. En este sentido, la participación fue
tan democrática que todo el que quiso habló de un tema que antes
era considerado tabú, del que no se hablaba o era un tema que
quemaba políticamente.
De repente se volvió "el tema más importante del que todo el mundo
tenía que hablar". A favor o en contra. Felizmente a favor.
Todas las personas que tienen que ver con la opinión pública
tuvieron que salir en algún momento a opinar. Al principio
llevábamos la cuenta, hoy en día ya es imposible.
Por ejemplo los médicos, las universidades empezaron a incorporar
el tema. Fui invitada a hablar en muchísimas universidades y ahí me
enteraba que se había vuelto un tema de clases, en un tema de
conversaciones familiares, un tema que invadió la agenda nacional
hasta el punto que coincidió con elecciones y, después que a los
candidatos era un tema que no les interesaba para nada, por primera
vez en diciembre del año pasado me ofrecieron lanzarme al Congreso
con todos los partidos políticos del país.
Por primera vez se volvió tan importante, que pasó a ser
políticamente incorrecto no apoyar.
Pero siempre de una perspectiva no apasionada, muy racional, muy
centrada, donde cada uno de los participantes hacía lo que sabe
hacer.
Yo abogada hacía la parte de política de algo impacto. Católicas
por el Derecho a Decidir criticaba a la Iglesia y me ayudaba a
mantener un eje en el debate, las feministas organizadas marchaban
y manifestaban en los espacios públicos, los universitarios
organizaban debates académicos, los comunicadores sociales
escribían y sostenían las editoriales. Cada cual apoyaba al proceso
desde lo que sabía hacer. Los médicos experto en malformaciones,
hablaba de malformaciones fetales. Una multiplicación de actores y
cada cual hablando y haciendo de lo que sabía.
Estas fueron en general, más o menos las estrategias más
importantes para lograr esta decisión en Colombia. Muchas gracias.
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