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Boletina Mujer SaludHable
Año IV, No. 1, febrero 2005
Red de Salud de las Mujeres Latinoamericanas y del Caribe, RSMLAC Aborto legal por violación. Reclamo desde los derechos humanos de
las mujeres
1. Violencia sexual como atentado a los derechos humanos de las
mujeres
La violencia contra las mujeres, en sus distintas manifestaciones,
refleja
la discriminación y sometimiento de que son objeto en la mayor
parte de las
sociedades, donde se percibe una "naturalización" de este
fenómeno. La
región latinoamericana y caribeña no es la excepción. Pese a sus
graves
efectos para la vida y salud de las víctimas y sus familias, la
violencia
con sesgo de género no ha sido enfrentada con decisión por los
organismos
públicos en términos de prevención, sanción y reparación, lo que
da cuenta
de una brecha entre el ordenamiento jurídico internacional y lo
que se ha
concretado a través de legislaciones y normativas nacionales.
En este contexto, la violación sexual, que puede afectar a mujeres
de todas
las edades y condición social, es la mayor expresión de poder y
control
puesto que más allá de la significación sexual, se trata de un
acto de
sometimiento de la voluntad y cuerpo de la víctima por medio de la
fuerza
y/o la coerción, afectando la dignidad y los más elementales
derechos
humanos.
Las huellas de un ataque sexual son sin duda corporales: lesiones,
infecciones de transmisión sexual, embarazos indeseados, e incluso
puede
culminar con la muerte. Además hay efectos en la salud mental a
mediano y
largo plazo, tales como depresión, ansiedad, insomnio, pesadillas,
sentimientos de humillación y autoculpabilización, problemas
sexuales. El
lenguaje especializado habla de un síndrome de estrés post
traumático,
inmediatamente posterior a una violación.
Asimismo, "la victimización sexual temprana puede dejar a las
mujeres con
menos habilidades para protegerse a sí mismas, menos seguras de su
valor y
de sus límites personales y más aptas para aceptar la
victimización como
parte de su ser femenino" (Heise, Pitanguy, Germain, "Violencia
contra la
mujer. La carga oculta de salud". OPS, 1994).
La violación sexual cobra especial gravedad cuando afecta a
menores de edad
-en la vasta mayoría niñas atacadas por varones de su círculo
familiar más
cercano- a causa de su condición de vulnerabilidad y dificultad
para
rechazar y denunciar el ataque. En ciertos sectores sociales el
incesto es
considerado como parte de las relaciones "normales" que se
establecen entre
un padre y su progenie, donde la madre calla y acata y el padre,
conviviente
u otro familiar cuentan con total impunidad para sus actos.
Un testimonio recogido informalmente en una investigación
realizada en
Colombia señaló la siguiente explicación de un individuo que
abusaba de su
hija de cortos años: "he gastado dinero en vestirla, alimentarla y
educarla,
no voy a dejar que cualquier cabrón la aproveche antes que yo".
Otro caso
difundido por la prensa chilena en días recientes, se refiere a un
padre que
violaba a sus hijas y las obligaba a abortar, e incluso había
cometido
infanticidios reiterados tras los abusos sexuales que se
prolongaban durante
años.
Así, muchas familias se reproducen en relaciones incestuosas que
entremezclan parentescos al mismo tiempo que sepultan para siempre
el futuro
de estas niñas-mujeres, agredidas a veces tumultuariamente por
parientes y
sus amistades, y cuyos dramas se pierden en el silencio social.
¿Qué significado tiene un embarazo resultante de una violación?
Un embarazo indeseado, impuesto por la fuerza, no constituye sino
la
prolongación de la violencia, y contribuye a un mayor deterioro en
la salud
mental de la mujer abusada. Por lo tanto, ningún discurso moral,
ético ni
religioso puede justificar una gestación fruto de tal trasgresión
a la
integridad corporal y psíquica de una mujer o niña. De allí que el
acceso al
aborto legal, seguro y proporcionado gratuitamente por los
servicios de
salud públicos en casos de violación debe ser una demanda política
central
en la agenda del movimiento de mujeres regional y mundial.
En algunos países latinoamericanos y caribeños el acceso al aborto
en casos
de violación está reglamentado. Tal es el caso de Brasil, donde a
raíz de la
presión de las organizaciones feministas numerosos estados han
incorporado
estos servicios a la red pública de salud. En otros, como México,
también es
legal en algunos estados pero con serias dificultades para su
puesta en
práctica. El Grupo de Información en Reproducción Elegida, GIRE,
desarrolla
en la actualidad una vigorosa campaña de información pública para
que las
mujeres sepan que el aborto por violación es un derecho y pueden
exigirlo.
Por otra parte, numerosos países cuentan con normativas y
protocolos para la
atención de víctimas de violencia sexual a quienes se les entrega
anticoncepción de emergencia para prevenir un embarazo cuando lo
solicitan,
al igual que medicamentos para prevención de infecciones de
transmisión
sexual.
Lamentablemente, la generalidad de la región es la dificultad de
que las
legislaciones que permiten causales de aborto impune estén
reglamentadas y
se cumplan efectivamente, al igual que las normativas sobre la
entrega de
anticoncepción de emergencia, pese a su reconocida eficacia para
prevenir
embarazos en relaciones sexuales no protegidas.
2. Niña violada en Calama: Caso emblemático en la demanda del
derecho a la
salud y la autonomía reproductiva
En las primeras semanas de enero de 2005 se conoció en Chile el
caso de una
menor de nueve años violada por el conviviente de su madre, ambos
de
nacionalidad boliviana, situación que se prolongó durante dos
años. A raíz
de ello, la niña cursa un embarazo ocultado intencionalmente por
su madre.
Con 23 semanas de embarazo, la pequeña fue internada en un
hospital público
de la zona de Calama, al norte del país, mientras que su
progenitora y el
abusador fueron encarcelados.
Ante esta grave denuncia, la Red de Salud de las Mujeres
Latinoamericanas y
del Caribe inició de inmediato una campaña de solidaridad
nacional, regional
e internacional para presionar a las autoridades correspondientes
para que a
la niña se le practicara de inmediato un aborto terapéutico.
El aborto terapéutico, que existió en Chile desde 1931, fue
derogado en 1989
tras una negociación directa de la alta jerarquía de la Iglesia
Católica con
la Junta de Gobierno presidida por el dictador Pinochet, poco
antes del
término de su gobierno de facto. En la vuelta a la democracia, los
sucesivos
gobiernos se han negado a incluir en sus agendas la reposición del
aborto
terapéutico ni han apoyado propuestas legislativas en este
sentido, en
abierta contravención a los compromisos asumidos por Chile en la
Conferencia
de Beijing, que en el párrafo 106, letra k, de su Plataforma de
Acción,
llama a revisar las leyes punitivas contra mujeres que abortan. Y
pese a
recibir recomendaciones directas en el mismo sentido del Comité de
Derechos
Humanos de Naciones Unidas y del Comité de la CEDAW.
¿Qué motivó, entonces, esta campaña de la Red de Salud?
El llamado a la acción fue sin duda simbólico, considerando el
estatus legal
del aborto en el país. Pero intencionadamente dirigido a las
autoridades de
gobierno para que asumieran su responsabilidad de cautelar y
proteger la
vida, salud y derechos de la pequeña violada. En primer lugar,
cautelar el
derecho a la salud que le asiste a todo ser humano, y que en este
caso está
siendo amenazado por la corta edad de la niña, ya que su organismo
no tiene
la madurez ni el desarrollo necesarios para llevar adelante un
evento
reproductivo como un embarazo y parto.
Pero, asimismo, el llamado a la acción se dirigió a reafirmar el
derecho
humano de toda mujer a la autonomía reproductiva, es decir, a
decidir cuándo
tener hijos y cuántos. Un embarazo por violación es una total
trasgresión a
estos derechos reproductivos reconocidos como derechos humanos en
instrumentos jurídicos internacionales y en algunas constituciones
nacionales. Por lo tanto también fue una demanda de aborto legal
por
violación.
Se trató, por ultimo, de desafiar el silencio de las autoridades
del país
frente a la violencia contra las mujeres y niñas, fenómeno que
sigue
escalando sin que se inicie ninguna acción consistente para
prevenirlo y
detenerlo, en especial, en lo que se refiere a violaciones
sexuales, abuso
sexual de niñas (y niños), y femicidios. Asimismo, fue una
invitación a
formar alianzas, a asumir compromisos y acciones conjuntas con
otras
organizaciones que trabajan por la salud de las mujeres y por sus
derechos
humanos, incluido el derecho al aborto, y a no dejarse entrampar
por la
desidia y la inacción.
Hoy, cuando la pequeña tiene 26 semanas de embarazo, pareciera que
su caso
ha desaparecido de los titulares noticiosos pero también de las
acciones
solidarias. Sin embargo, a pesar de que la gestación continúa
siendo un
riesgo sanitario para ella, el sector salud no se ha planteado
siquiera la
posibilidad de una cesárea programada en el corto plazo. No
obstante, una
mirada centrada en los derechos humanos de las mujeres permitiría
al menos
considerar una decisión entre dos bienes jurídicos en conflicto,
la
madre/niña y el feto, ya que la información especializada en salud
reproductiva señala que:
Entre las adolescentes en el subgrupo de 10-14 años la razón de
mortalidad
materna es 4 veces mayor que la del grupo 15-19 y que
en el grupo
de adulto
joven 20-24. La tasa de mortalidad neonatal
y la infantil es más
del doble
en el subgrupo de 10-14 comparado
con el de 15-19 años. Sin duda, la interrupción del embarazo, a medida que progresa la
edad
gestacional de la niña, se hace inviable. Por otra parte,
considerar una
cesárea electiva por personal de la mejor calificación para no
comprometer
el futuro reproductivo de la gestante, implica reconocer que el
momento
favorable para la madre sería cuanto antes mejor, y para el futuro
recién
nacido lo más cercano al término (37 semanas).
Entonces, ¿cautelar la salud materna o la salud del niño/niña por
nacer? Ese
es el dilema que ni siquiera se ha planteado en Chile. La
legislación
chilena en este sentido no ayuda, ya que no permite ningún caso de
interrupción del embarazo ni aun ante riesgo de muerte materna,
que bien
podría ser el caso de la pequeña de Calama, sacrificada en aras de
una
maternidad impuesta violentamente a sus nueve años, y frente a lo
cual el
sistema social no ofrece respuestas. El cuerpo y el vientre de las
mujeres
son, así, doblemente cautivos.
La Red de Salud agradece las muestras de solidaridad recibidas en
respuesta
a su campaña, provenientes de organizaciones internacionales, de
coaliciones
y redes, al igual que de mujeres y hombres de diversos países
sensibilizados
ante este caso emblemático de violencia contra la mujer.
Tan emblemático como lo fue el de Rosita, la niña nicaragüense a
quien la
decisión y valentía del movimiento de mujeres de su país hizo
posible que
accediera al aborto terapéutico a que tenía derecho tras haber
sido violada
y al enfrentar un serio riesgo sanitario por el embarazo
resultante. Y
también el de Paulina, la adolescente mexicana que aun teniendo el
derecho
al aborto legal por violación, este le fue negado por la
obstrucción de las
autoridades públicas y las presiones de la Iglesia Católica.
Nota: El listado completo de adherentes al llamado a la acción se
encuentra
en la siguiente dirección:
http://www.reddesalud.org/espanol/sitio/info.asp?Ob=1&Id=187
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