UN JUEZ ORDENÓ FRENAR EN BAHIA BLANCA (Argentina) UN ABORTO AUTORIZADO POR
LA LEY
Con el rosario en lugar del Código
El hospital de Bahía Blanca estaba por interrumpir el embarazo
de una chica con discapacidad mental y embarazada tras una
violación. El caso no es punible, pero un juez hizo lugar a un
recurso de amparo y ordenó suspender la práctica por 48 horas.
Por Mariana Carbajal
Una vez más, ahora en Bahía Blanca, se obstaculiza la
realización de un aborto no punible con la connivencia de un
magistrado. El juez de Familia Jorge Eduardo Longas, conocido
por su fervor religioso, hizo lugar a un recurso de amparo y
ordenó ayer suspender por 48 horas la práctica médica que estaba
prevista por la mañana a una adolescente de 18 años, con
discapacidad mental, abusada sexualmente en el seno de su
familia, sobre cuyo caso informó PáginaI12 la semana anterior.
En medio del drama que vive la joven, un grupo de monjas que
trabajan en el Hospital Penna, donde está internada, hicieron
una cadena de oración en la puerta del establecimiento. “El
derecho a la vida es el primer derecho natural de la persona
humana”, expresaron las religiosas al leer un comunicado del
Arzobispado de Bahía Blanca encabezado por monseñor Guillermo
José Garlatti. Anoche estaba previsto un acto de rechazo al
aborto en la plaza Rivadavia, convocado desde la Catedral.
“Es un nuevo avasallamiento de corporaciones religiosas que
impiden que este Estado que exigimos laico y sus funcionarios
comprometidos por juramento público en hacer cumplir las leyes,
garanticen los derechos de las mujeres como derechos humanos
universales”, expresó con fuerte indignación Elsa Schvartzman,
integrante del Foro por los Derechos Reproductivos y de la
Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal Seguro y
Gratuito, al conocer la intervención judicial.
La práctica del aborto no punible a la joven ya estaba acordada
en el Hospital Penna. La había solicitado la representante legal
de la muchacha, la abogada María Fernanda Petersen, secretaria
de la ONG Patronato de la Infancia de Bahía Blanca, donde la
chica vivía desde hace varios años. Por la mañana, el director
del Penna, Alberto Taranto, comunicó a la prensa local que se le
habían realizado a la adolescente los estudios médicos previos
correspondientes. Pero la llegada de la notificación judicial
obligó a frenar la práctica. “Llegó una orden judicial firmada
por el juez de Familia Jorge Eduardo Longas, en la que se nos
indica que debemos suspender la práctica del aborto por 48
horas”, informó Taranto.
El médico desconocía qué entidad había presentado el recurso de
amparo. Por la tarde, los profesionales del Penna, con cuyo
Comité de Bioética habían consensuado el aborto, estuvieron
reunidos para analizar qué pasos seguir. PáginaI12 no pudo
comunicarse con ninguno de ellos, pero según trascendió estarían
dispuestos a continuar adelante con la interrupción del
embarazo. El artículo 86 del Código Penal establece que, si el
embarazo proviene de una violación o de un atentado al pudor
cometido sobre una mujer idiota o demente, el aborto no es
punible y sólo debe tener el consentimiento del representante
legal de la víctima. Los dos requisitos se cumplen en este caso.
La historia conmueve a la ciudad de Bahía Banca desde hace
varias semanas. La adolescente fue violada al ir a visitar a su
familia durante un fin de semana. El embarazo, consecuencia de
los abusos, ya lleva unas diez semanas. Después de conocerse el
caso, el Patronato de la Infancia fue descabezado: se supo que
la niña, cuya edad mental sería de unos diez años, había
alertado a profesionales de la centenaria institución que sufría
manoseos en su entorno familiar. Pero a pesar de su testimonio,
la volvieron a mandar de visita. En los últimos días fue
destituido su director, Antonio López, y parte del equipo
técnico, entre ellos una asistente social y un psicólogo. Desde
principios de septiembre, la muchacha dejó el Patronato para
irse a la casa de la familia que el Tribunal de Menores Nº 2
designó como guarda provisoria.
La jovencita declaró días atrás en la Unidad Funcional de
Instrucción y Juicio Nº 1 de Bahía Blanca, a cargo de Eduardo
Alberto Quirós, y señaló a tres personas de su entorno familiar
como las autoras de los abusos. La denuncia la presentó la
abogada Petersen en la Comisaría de la Mujer.
Desde que los médicos del Penna confirmaron que estaban
dispuestos a respetar los derechos de la joven, al realizarle el
aborto no punible sin pedir una autorización judicial, surgieron
en Bahía Blanca expresiones contrarias a la interrupción del
embarazo. “El aborto, por ser un crimen horrendo, jamás puede
llegar a ser una solución”, aseveró el lunes el arzobispo de
Bahía Blanca. Hasta un matrimonio se presentó en la Fiscalía,
para postularse como adoptante del bebé de la víctima violada.
La pareja fue derivada a la Justicia de Menores. El tema del
aborto y el destino de la persona por nacer no son competencias
del fiscal.
No es el primer caso en el que un pedido de aborto no punible se
obstruye desde la Justicia. Hace pocas semanas ocurrió una
situación similar en la ciudad de Mendoza. Y en otras
provincias, se intentaron maniobras parecidas a lo largo de los
últimos dos años. Por uno de esos casos, el de LMR, que sucedió
en el conurbano bonaerense, la Argentina enfrenta una demanda
ante el Comité de Derechos Humanos de la ONU: en un dictamen de
la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, que se presentó
al organismo y que reveló en exclusiva PáginaI12, el Gobierno
reconoce que al obstaculizar la Justicia el acceso al aborto no
punible se violaron los derechos humanos de LMR, que tenía en
ese momento 18 años y una edad mental de 10 y había sido violada
por un tío, un caso casi calcado al de Bahía Blanca.
Subnota
Exculpan a una mujer
La Cámara en lo Criminal eximió a una mujer que se practicó un
aborto clandestino y luego concurrió a un hospital para ser
asistida por médicos. El tribunal aplicó la doctrina de
“Natividad Frías”, de 1968, que considera no punible a quien
asiste a un centro de salud tras someterse a prácticas médicas
ilegales. El sumario comenzó cuando un médico del Sanatorio
Güemes denunció a la mujer ante la policía por realizarse un
aborto. La Sala I de la Cámara afirmó que no se debía instruir
sumario “en contra de una mujer que haya causado su propio
aborto o consentido que otro se lo causare, sobre la base de la
denuncia efectuada por un profesional haya conocido el hecho en
ejercicio de su profesión”. Los camaristas agregaron que el
médico no está obligado a efectuar la denuncia.
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