LA PROCURACIÓN DICTAMINÓ A FAVOR DEL ABORTO DE LA CHICA VIOLADA
"No podemos condicionarle su vida"
María del Carmen Falbo sostuvo que se debe convalidar el pedido
de la chica
abusada por su padrastro por el riesgo que corre su salud
psíquica. Ahora
debe resolver la Suprema Corte provincial.
Por Raúl Kollmann
Difundido por RIMA - Red Informativa de Mujeres de Argentina
27 de Febrero de 2007
María del Carmen Falbo dictaminó como procuradora ante la
Suprema Corte de
la provincia.
La procuradora bonaerense, María del Carmen Falbo, dictaminó
ayer que debe
autorizarse la interrupción del embarazo de la joven de 14 años
cuya
identidad se conoce sólo por las siglas V.O. La chica fue
violada por su
padrastro de 30 años y ya la jueza marplatense Silvina
Darmandrail y la
Cámara Civil de esa ciudad se habían expedido convalidando el
aborto
terapéutico. Falbo cita reiteradamente todos los informes
psicológicos que
figuran en la causa: "El embarazo deteriora a la niña V.O. y la
desgasta
psíquicamente día a día"; "tiene una angustia silenciosa, el
abuso ha
destruido su individualidad, está traumatizada por un embarazo
que le
resulta extraño y del que se niega a hablar"; "continuar con el
embarazo
sería para la niña V.O. quedar en la misma situación que el
perverso la
colocó". A partir de hoy, la Corte Suprema debe resolver el
caso. En la
oportunidad anterior, en julio de 2006, cuando se trató del
aborto de una
chica mentalmente discapacitada, se convalidó la interrupción
del embarazo
por seis votos a tres. Lo más probable es que esta vez, con
alguna
diferencia en la votación, el fallo también autorice el aborto
terapéutico.
"Todos exigimos maternidad responsable -dice Falbo en su
dictamen-, todos
declamamos los derechos de la mujer, los derechos de los niños.
No
desconozco la protección que el ordenamiento jurídico le otorga
al por
nacer. Sin embargo, no es idéntica la protección de una y la
otra. No
podemos exigirle a V.O. no ya que sea madre, sino que soporte
estoicamente
los días, las horas y los meses que la separan del alumbramiento
a costa de
su salud. No podemos condenarla a que su salud psíquica se
comprometa en
grado tal que luego condicione toda su vida". Falbo cita en
apoyo del
diagnóstico sobre la salud psíquica de la niña las posiciones
del Comité de
Bioética que opinó sobre el caso, el informe del Hospital
Interzonal de Mar
del Plata, la psicóloga de menores, los peritos psiquiatras, el
médico y la
licenciada en psicología que participaron del expediente y la
licenciada en
psicología que la atiende actualmente.
La procuradora repite un argumento que ya utilizó en el caso de
2006 cuando
se planteó el derecho a la vida como superior a cualquier otro.
"Comparto
absolutamente el hecho de que en nuestro país, la vida del niño
por nacer se
halla protegida desde la concepción. Pero corresponde meritar
que tal como
sucede con todos los derechos reconocidos por nuestra
Constitución, ninguno
de ellos posee carácter absoluto. Ejemplo de ello es que la
protección del
derecho a la vida es enteramente compatible con la regulación de
la legítima
defensa, como causa de justificación que permite, cuando se den
los
requisitos exigidos por la ley, la muerte del agresor. Es decir
que, a pesar
de las cuestiones éticas o morales que pueden suscitarse en
torno a un
delito tan sensible como es el aborto, lo cierto es que la vida
humana no se
protege penalmente en cualquier circunstancia. En esta línea de
análisis,
resta entonces decir que la decisión legislativa de subordinar
el derecho a
la vida del feto en los supuestos excepcionales en los que el
embarazo
importa un riesgo para la vida o salud de la madre no constituye
un
ejercicio irracional ni censurable".
En realidad, Falbo había hecho una manifestación mucho más
abarcativa en el
dictamen del año pasado. En esa ocasión escribió: "Sostengo que
está eximida
de pena cualquier mujer que desea no continuar con un embarazo
producto de
un ataque a su integridad sexual y así debe interpretarse la
norma del
Código Penal". En otras palabras, sostenía que no es punible el
aborto en
todos los casos de violación. Esta vez la procuradora fue más
específica y
sostuvo que produce un daño irreparable la continuación del
embarazo,
producto de una violación, que tiene los dramáticos agravantes
de que la
víctima tiene 14 años, el victimario 30 y encima es el
padrastro.
El dictamen se explaya sobre otro litigio planteado en forma
reiterada.
Quienes se oponen al aborto en este caso -y lo mismo ocurrió en
otros-
argumentan que los médicos no necesitan autorización judicial y
que, por lo
tanto, corran el riesgo. Si después de realizado el aborto son
denunciados,
tendrán que defenderse y asumir el peligro de una condena por
homicidio. En
el fondo, es una forma tácita de combatir el aborto porque habrá
una espada
de Damocles sobre el profesional que lo practique. Falbo
sostiene que
efectivamente no se necesita pedir una autorización, pero que
"en caso de
que alguna de las partes entiende que se pretende actuar fuera
de la ley, la
Justicia se encuentra en ese caso plenamente habilitada para
conocer y
resolver acerca de la eventual licitud o ilicitud".
Por último, la procuradora destina un párrafo al fiscal general
de Mar del
Plata, Raúl Fernández Garello, que pese a la existencia de dos
defensoras -la del feto y la de la niña-madre-, salió a la
cancha a pelear
contra la interrupción del embarazo. Fernández Garello revistó
como
funcionario de Seguridad convocado en su momento por el ahora
juez de la
Corte Eduardo Pe-ttigiani, que encabezó hace seis meses un
furibundo debate
para impedir la interrupción del embarazo de una chica
deficiente mental
violada por el tío. Pettigiani es catalogado como el sector más
conservador
y más vinculado a la Iglesia Católica. "La actuación de
Fernández Garello no
sólo parecería formalmente irregular y extemporánea, sino que
además podría
estimarse improcedente por ausencia de competencia", señala
Falbo.
La procuradora concluye entonces que "así como se ha sostenido
que el
derecho no puede requerir conductas heroicas, menos aún puede la
Justicia
exigir que una niña adolescente tenga la templanza y las
herramientas para
sobrellevar la mutación abrupta de su proyecto de vida en
génesis, más aún
cuando comprender y aceptar que ese cambio le es impuesto como
consecuencia
de los actos de un tercero delincuente", es decir su padrastro
violador.
Como adelantó en exclusiva Página/12 hace diez días, V.O.
llevaba entonces
diez semanas de embarazo. La decisión de la Corte llegará cuando
se cumplan
doce. La propia jueza Darmandrail y los camaristas Roberto Loustaunau,
Ricardo Monterisi y Nélida Zampini ya advirtieron sobre el
peligro de
dilatar la decisión.
"Quiere olvidarse de todo"
Mientras el proceso judicial sigue su camino favorable, la madre
de la niña
V. O. corta clavos y reclama urgencia. "Estamos a la expectativa
de que la
Corte (bonaerense) se reúna el miércoles y tome la decisión que
esperamos",
dijo M. O. a Página/12. "Mi hija está ansiosa porque el lunes
empiezan las
clases. Y se le acortan los tiempos por todos lados", señaló la
madre. Se
refería a que el embarazo no deseado le cerró sus actividades
cotidianas y
su relación con sus amistades escolares. "Hablé con el director.
Ella es una
chica muy bien conceptuada. Me dijo que hiciéramos lo que fuera
mejor para
ella. Le ofreció un profesor tutelar que la fuera siguiendo,
pero ella no
quiere. Lo que ella quiere es olvidarse de todo esto y empezar
de nuevo." La
niña, violada por su padrastro en diciembre pasado, quedó
embarazada, según
se comprobó en ecografías realizadas en enero pasado y, a partir
de
entonces, su madre inició el tortuoso periplo de reclamar la
interrupción
legal del embarazo por tratarse de un caso de violación. La
jueza de menores
marplatense Silvina Darmandrail falló a favor cuando la mujer
dio
intervención a la Justicia intentando que le realizaran un
aborto en un
hospital público para poder conservar la prueba legal de la
violación.
Luego, la asesora de menores Silvia Fernández apeló la medida.
El caso fue
girado a la Cámara Penal, que rechazó el recurso y lo trasladó
al fuero
civil. La Cámara Civil, entonces, falló a favor del aborto en
una sentencia
en la que cuestionó la actitud de retraso judicial. Fernández
volvió a
apelar ante la Corte de la provincia. Para el caso, la
procuradora Falbo
debe elevar un dictamen con su opinión.
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