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Declaración del Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa
de los Derechos de la Mujer (CLADEM)
Oficina URUGUAY
SOBRE LA HOMOSEXUALIDAD Y EL
CÓDIGO PENAL
A propósito de declaraciones públicas
del Arzobispo de Montevideo
El 9 de julio de 2003, el parlamento uruguayo cumplió con el mandato
ciudadano, expidiendo una ley que protege todos los derechos
individuales, garantizando el ejercicio del derecho de igualdad
(arts. 8 y 85 de la Constitución de la República), garantizando la
paz pública, al aprobar tutelar el derecho a la libre orientación
sexual. Esta postura del Parlamento no hace mas que colocar a
nuestro país a la altura de sus compromisos internacionales de
eliminar toda forma de discriminación basada en la religión, raza,
sexo, etc.; en otras palabras tutela los derechos de las minorías
constituidas por homosexuales y lesbianas.
Del mismo modo que tutela y protege en el art. 149 bis del Código
Penal las minorías étnicas, religiosas o razas, sancionado a quienes
inciten al odio o desprecio contra las mismas o cometan actos
violentos contra otras personas por tales diferencias. La discriminación basada en cualquiera de esos valores, intrínsecos
a la dignidad de la persona, ya lo enseñó la historia, derivó en el
genocidio que llevaran adelante los nazis y para que no olvidemos,
lo recrean grupos neo nazis, que entre sus víctimas o expulsados
violentamente de la sociedad y despojados de sus derechos y la vida,
incluye a los homosexuales. Nuestro país se comprometió con los postulados recogidos en la
Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de
Discriminación Racial, que toda doctrina de superioridad basada en
la diferenciación por raza, y obviamente, en la religión,
orientación sexual o sexo, es científicamente falsa, moralmente
condenable y socialmente injusta y peligrosa, y nada en la práctica,
permite justificar en ninguna parte la discriminación, condenando el
apartheid y la segregación racial. Las declaraciones del Sr. Arzobispo de Montevideo, Monseñor Cotugno,
menoscabando a los homosexuales, por el solo hecho de serlo,
catalogándolos como una aberración o enfermos contagiosos, promueve
una conducta discriminatoria que legitima desde la máxima autoridad
de la Iglesia en nuestro país, el rechazo y el desprecio a aquellos. Las manifestaciones del Señor Arzobispo, tendientes a fragmentar la
construcción de un Estado laico, en el que todas y todos tenemos
cabida y derechos, tan solo unos días más tarde ya en vigencia la
ley que mencionamos, habría permitido someter su conducta a la
decisión de los jueces.
Montevideo, 4 de setiembre 2003
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