NUEVA LEY EN LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Permiten adelantar el parto en casos de bebés
con anencefalia Victoria Tatti
DE LA REDACCION DE CLARIN
La intervención se podrá hacer en los hospitales públicos
porteños a pedido de la mujer embarazada, con el aval de los médicos y únicamente
después del sexto mes de gestación.
Las mujeres embarazadas con un feto que padezca una patología
incompatible con la vida fuera del útero podrán anticipar el parto en los
hospitales públicos de la Ciudad de Buenos Aires.
La ley que anoche aprobó la Legislatura porteña establece que
un feto tiene una patología incompatible con la vida cuando presenta
gravísimas anormalidades, irreversibles e incurables, que producirán su
muerte a
las pocas horas de su nacimiento. En la mayoría de los casos se
trata de anencefalia: una malformación que se da en uno de cada mil
embarazos donde, en los primeros días de gestación, se produce un desarrollo
mínimo o la ausencia total del cerebro y la falta de los huesos del cráneo.
Anoche, tras la votación en general de la nueva ley y de los
primeros
tres artículos, la sesión pasó a cuarto intermedio. Los seis
artículos restantes que faltan tratar en particular podrían sufrir algunos ajustes.
Según la legislación y para que pueda adelantarse el momento
del parto,
el diagnóstico deberá estar respaldado por dos ecografías donde
tendrá que consignarse el documento de identidad de la madre o la
impresión digital de un dedo pulgar. Dentro de las 72 horas de la confirmación de la
patología, el médico está obligado a informar a la mujer embarazada,
"explicándole
de manera clara y acorde a su manera de comprensión", el
diagnóstico que afecta a su hijo, la posibilidad de continuar o interrumpir el
embarazo, y los alcances de su decisión. Además, en la historia clínica tendrá
que dejarse constancia de que se brindó toda la información.
Para que la mujer con un embarazo así pueda finalizarlo
anticipadamente tendrá que cumplir tres requisitos:
h El feto tendrá que cumplir 26 semanas (6 meses) de gestación.
Es considerada la mínima edad gestacional en la que sería posible la vida
fuera del útero en fetos potencialmente sanos.
h El consentimiento de la mujer.
h La certificación de la inviabilidad del feto registrada en su
historia clínica, con firma del médico que la trató, del ecografista, y
del director del Hospital.
En los casos de adelantamiento del parto de bebés que padecen
anencefalia, su muerte no es consecuencia de su nacimiento precoz sino de la
gravísima patología que los afecta.
Esta ley no obliga a las mujeres a adelantar el parto si no lo
desean. Pero protege legalmente a las que no quieran prolongar hasta el
final la gestación de un hijo que morirá a las pocas horas de nacido.
La ley tampoco obliga a los médicos a realizar esta práctica.
Si manifiestan objeciones de conciencia por sus convicciones, los directivos
del hospital deberán buscar reemplazantes "en forma inmediata".
La Iglesia Católica manifestó su oposición a esta ley. La
semana pasada, el Arzobispado de Buenos Aires emitió un comunicado indicando que
"no se
debe adelantar el parto, porque eso implicaría adelantar la muerte y
nadie tiene derecho de quitar la vida a otra persona".
Durante la sesión casi ninguno de los diputados se privó de
opinar sobre el tema. El debate comenzó con la diputada Clori Yelicic que
encaró de frente uno de los principales cuestionamientos a la norma: la
posibilidad de legalizar el aborto. Y dijo: "No estamos hablando de aborto.
Cuando lo hagamos será claramente. Hablamos del adelantamiento del
momento del parto de fetos que carecen de toda expectativa de vida fuera del
útero
materno".
Sus autores Marcela Larrosa (UCR) y Eduardo Peduto (ARI)
defendieron el proyecto. "Esta legislación es para las mujeres que sabiendo
que su hijo no podrá vivir fuera de su vientre, deciden no retardar más el
momento de
su muerte. Y necesitan de esta ley para no tener que recurrir a la
Justicia", sostuvo el diputado.
En 2001, la Corte Suprema tomó una decisión inédita en la
jurisprudencia argentina: autorizó la inducción del parto de una mujer
embarazada de 7 meses que llevaba en el útero un feto con anencefalia.
La oposición a la ley la encabezó el diputado Santiago de
Estrada (PJ). "Es cierto que el feto está condenado a morir por su patología.
Pero tampoco hay dudas de que se atenta contra el derecho a la vida en favor de
un
supuesto derecho a la salud psíquica de la madre".
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