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Uruguay

PROYECTO DE LEY

Artículo único.- Incorpórase al Código Penal el siguiente artículo:

"ARTÍCULO 149 quáter. (Incitación al odio, desprecio o violencia y comisión de actos de odio, desprecio o violencia contra determinadas personas).- El que públicamente o mediante cualquier medio apto para su difusión pública, incitare al odio, al desprecio o a cualquier forma de violencia moral o física contra una o más personas en razón de su sexo, orientación o identidad sexual, profesión, oficio o condición física, será castigado con tres a dieciocho meses de prisión.

El que cometiere actos de violencia moral o física, de odio o de desprecio contra una o más personas en razón de su sexo, orientación o identidad sexual, profesión, oficio o condición física, será castigado con seis a veinticuatro meses de prisión".



Sala de la Comisión, 4 de octubre de 2001.

TRATAMIENTO DEL PROYECTO EN LA CAMARA DE DIPUTADOS

19 de octubre de 2001

PRESIDE: GUSTAVO PENADÉS (Partido Nacional)

PALABRAS DEL DIPUTADO ABDALA, autor del proyecto (Partido Colorado)

La verdad que hoy es un día relativamente especial para este Cuerpo. A veces es como que uno podría medir la temperatura del plenario de la Cámara y decir que está más conservador, más avanzado, más abierto o menos liberal. Me llevo la buena sorpresa de que en la jornada de hoy el Parlamento está haciendo cosas que tenía pendientes, algunas desde hace un tiempo importante.

El tema que estamos considerando había irrumpido hace algún tiempo, pero no habíamos logrado arbitrar alguna forma jurídica. El hecho de que se haya instalado y que hayamos podido, entre todos, arribar a una nominación jurídica a nivel penal es una gran cosa.

Uruguay es un país que discrimina, y ya lo hemos dicho en alguna que otra oportunidad. A veces discrimina los géneros -y mucho-; en algunas oportunidades discrimina los grupos étnicos y las razas y también las orientaciones sexuales. Este es un tema que puede generar hilaridad a mucha gente, pero no para aquellos que forman parte de esos núcleos, de esos grupos humanos que tienen que vivir el cotidiano calvario de ver cómo ante una determinada opción buena parte de la sociedad se mofa de ellos, los critica, los estigmatiza y, en realidad, no les permite vivir una vida democrática "como Dios manda".

Los uruguayos nos llenamos la boca hablando de la tolerancia, pero en los hechos, cuando se produce este tipo de circunstancias de discriminación, es claramente un indicador de intolerancia superior.

¿Qué podemos hacer nosotros, los parlamentarios, que se supone -creo que ciertamente- representamos a parte de la sociedad? Por lo pronto, no evitar el tema; por lo pronto, no decir: "Este tema no existe". A veces, en nuestro país existe esa cultura de tratar de mirar para el costado y decir: "Bueno, en realidad, este tema no tiene trascendencia". ¡Vaya si la tiene!

No se trata de entender que el Estado emita juicios de orden moral, porque no está emitiendo juicios de orden moral. No se trata, tampoco, de entender que se está privilegiando una conducta sobre otra. En realidad, lo que se trata de entender es que todo el mundo tiene derecho a vivir su vida de la manera más tolerante, pluralista y democrática posible.

Hablamos de la violencia y de que se quiebra la tolerancia. ¡Pues ésta es una forma de violencia! Cuando la intolerancia llega a estos extremos, agrede, y muchas veces agrede, inclusive, bajo la suposición, porque a veces ni siquiera se tiene una idea concreta de cuál es el comportamiento, la orientación o la identidad sexual de Fulano de Tal.

Claramente la palabra "puto" -repito, la palabra "puto"- tiene una connotación negativa. Por ejemplo: "¡Ah! ¿Fulano de Tal? ¿Ese? ¡Ese puto de mierda!".

Lectura detallada de todo el proceso de discusión del proyecto.

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