El caso de doña Jacinta, ejemplo de discriminación a indígenas
Denunció Centro Prodh ante la ONU
México DF, 9 junio 09 (CIMAC)
Ante el Consejo
de Derechos Humanos de la Naciones Unidas, el
Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro
Juárez (Centro Prodh), organización no
gubernamental con estatus consultivo roster,
expresó su preocupación por la discriminación que
afecta a los pueblos indígenas de México, ejemplo
de lo cual es lo ocurrido con la señora Jacinta
Francisco Marcial, una mujer indígena del pueblo
otomí acusada de secuestrar a elementos de la
Agencia Federal de Investigaciones (AFI).
El pronunciamiento ocurrió durante la XI sesión
del Consejo, órgano intergubernamental que forma
parte del sistema de las Naciones Unidas y que
está compuesto por 47 Estados Miembros
responsables del fortalecimiento de la promoción
y la protección de los derechos humanos en el
mundo, donde el Centro Prodh consideró como
ejemplo paradigmático el caso de la mujer
indígena, madre de seis hijos y vendedora de
nieve y aguas frescas en el municipio de Amealco
de Bonfil, Querétaro, población mayoritariamente
indígena y vive en condiciones extremas de marginación.
Relató el Centro Prodh que en marzo de 2006
elementos de la Agencia Federal de Investigación
llegaron al municipio y despojaron de sus
mercancías a diversos comerciantes de la
comunidad. Los pobladores exigían que se les
devolviera sus bienes y los agentes acordaron indemnizarlos.
Sin embargo, en represalia por el hecho de que
los pobladores demandaran un cese a los abusos de
los agentes feerales, éstos detuvieron a doña
Jacinta Francisco Marcial y dos mujeres más de la
comunidad, acusándolas falsamente y sin
fundamento alguno de haberlos secuestrado.
Tras un proceso judicial caracterizado por una
falta total de pruebas en su contra, por
contradicciones en las declaraciones de los
agentes estatales y en el cual doña Jacinta no
contaba con el auxilio de un intérprete, se dictó
le dictó una sentencia condenatoria a de 21 años
de prisión y 90 mil pesos de multa, a pesar de
existir diversas testimoniales que confirmaban
que ella no había participado en ningún acto
ilícito y que no estuvo presente en el diálogo con los agentes.
En la apelación, el magistrado reconoció en su
resolución que existen "contradicciones
sustanciales" en los testimonios de los agentes
federales que dicen haber sido "secuestrados" por
la señora Jacinta. No obstante, no absolvió sino
que optó por reponer el proceso penal
regresándolo al mismo juez que ya la había
condenado, manteniendo a Jacinta en la cárcel,
donde se encuentra desde casi tres años.
Para el Centro Prodh, este caso es paradigmático
de la vulnerabilidad de las mujeres indígenas
frente a las deficiencias del sistema de justicia
vigente. Son las mujeres indígenas quienes sufren
con mayor intensidad los fenómenos de exclusión y
marginación del sistema de justicia, al
presentarse en sus casos una triple
discriminación: por ser indígena, ser mujer y ser pobre.
Es común, para poner solo un ejemplo, dijo el
Centro Prodh, que una persona indígena procesada
penalmente no tenga un intérprete. El caso pone
de relieve los cada vez más frecuentes mecanismos
tendentes a la criminalización de las acciones en
las que colectivos son afectados por la acción u omisión del
Estado.
Se trata, en efecto, de una respuesta punitiva,
excesivamente intensa, frente al reclamo por el
pago de los daños causados a los bienes de los
pobladores de la zona, consideró el Prodh ante el Consejo.
Ante estas circunstancias, dijo, aparece con
claridad cómo el Estado Mexicano ha intensificado
las acciones represivas en contra de las más
mínimas muestras de descontento popular o
protesta contra las acciones de los agentes
estatales, con consecuencias graves para las
poblaciones más marginadas en México, como son las personas
indígenas.
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