Chile: Nueva justicia laboral sanciona la discriminación en un
plazo de 90 días y beneficia a minorías sexuales
Un trabajador discriminado podrá denunciar el atropello y
ser indemnizado si es que el empleador no entrega pruebas
suficientes que desmientan la acusación. La reforma, lanzada
este mes en el sur de Chile, estará vigente en todo el país
el 30 de octubre del 2009. Aunque no hace referencia
específica a las minorías sexuales, estas son igual
beneficiadas gracias a tres logros previos conseguidos por
el Movimiento.
Por Alberto Roa
8 de abril, 2008 (OpusGay.cl)
Un positivo y revolucionario
cambio para los derechos de los trabajadores promete la
Nueva Justicia Laboral que el gobierno lanzó el pasado 31 de
marzo en Punta Arenas y que se espera esté vigente en todo
el país el 30 de octubre del 2009.
El proyecto, cuyo costo total bordea los 13 mil millones de
pesos, viene a mejorar los burocráticos procesos laborales
que en la actualidad pueden demorar hasta tres años, a
través de la incorporación de juicios orales y públicos que
pueden derivar en sentencias en un plazo máximo de 90 días.
Uno de los aspectos más importantes para los sectores
vulnerables a la discriminación, como es el caso de las
minorías sexuales, es que la Nueva Justicia hace expresa
referencia a ese fenómeno, estableciendo mecanismos precisos
para combatirlo y enfrentarlo en beneficio de las personas
afectadas.
La transformación ocurre en un contexto en que los Informes
de Derechos Humanos de las Minorías Sexuales Chilenas
elaborados por el Movilh, han denunciado un incremento de
las denuncias por discriminación laboral; pasando de una a
10 entre el 2006 y el 2007; y luego de que la Organización
Internacional del Trabajo advirtiera la grave vulnerabilidad
de trabajadores , lesbianas, gays, bisexuales y transexuales
(LGBT) en el mundo.
Más importante aún es que la reforma se hace carne luego de
que tres logros previos conseguidos por el movimiento de
minorías sexuales, la hacen también aplicable a la población
LGBT de Chile.
DERECHOS FUNDAMENTAL DE NO DISCRIMINACIÓN
La Nueva Justicia Laboral espera beneficiar a los siete
millones de chilenos y chilenas que son parte de la fuerza
de trabajo, disponiendo para ello de un equipo compuesto por
84 jueces especialistas en la materia (hoy sólo hay 20 para
todo Chile), 494 funcionarios de apoyo y 26 juzgados con
dedicación exclusiva a este tópico.
Con el objeto de que las personas de escasos recursos
económicos se vean beneficiadas en igualdad de condiciones,
la reforma contempla un Programa de Defensa Laboral que
otorgará asesoría gratuita a quienes no pueden pagarlas a
través de las Corporaciones de Asistencia Judicial.
La discriminación, o cualquier otra denuncia del trabajador
sobre violación a sus derechos fundamentales, será resuelto
a través de uno de los cinco procedimientos de la Nueva
Justicia, denominado "tutela laboral".
Gracias a este procedimiento el trabajador podrá reclamar en
un juicio oral donde las partes expondrán sus puntos de
vista, y sólo tras ello el juez podrá resolver. Uno de los
puntos novedosos del procedimiento de tutela laboral es que
empleador deberá ahora demostrar que no hubo discriminación,
luego que el trabajador sólo aporte indicios razonables de
que la exclusión existió.
Este es un cambio de magnitud, pues "la discriminación por
orientación sexual, género, sexo o color es muy difícil de
probar si es no hay testigos o documentos escritos que lo
avalen, y esas pruebas generalmente no existen, pues
obviamente hay un operativo para ocultar la exclusión. Por
tanto invertir el peso de la prueba es más que justo",
señala la activista del Movimiento de Integración y
Liberación Homosexual (Movilh), Sofía Velásquez.
Por ejemplo, a la fecha bastaba con que un empleador
apartara a un trabajador de su empresa en razón de su
orientación sexual, sólo en función del artículo 161 del
Código del Trabajo que posibilita despidos por "necesidades
de la empresa".
"Esta norma, que ha avalado y permitido la homofobia y
transfobia laboral, obviamente limitará su rango de acción
con el procedimiento de tutela laboral", añade Velásquez.
APLICACIÓN A MINORÍAS SEXUALES
En la actualidad el artículo 2 del Código del Trabajo no
hace referencia específica a la discriminación por
orientación sexual y al género, hablando sólo de "raza,
color, sexo, edad, estado civil, sindicación, religión,
opinión política, nacionalidad, ascendencia nacional u
origen".
Sin embargo aclara que solo no son consideradas
discriminatorias "las distinciones, exclusiones o
preferencias basadas en las calificaciones exigidas para un
empleo" y nunca la orientación sexual o la identidad de
género determinada ha sido requisito explícito para el
desempeño de un trabajo, por lo tanto la Nueva Justicia
Laboral es aplicable a las minorías sexuales o a cualquier
otro grupo social no contemplado en artículo 2 del Código
del Trabajo, en opinión de los propios impulsores y
creadores de la reforma.
En todo caso, son otros antecedentes previos los que
aseguran que la norma también beneficiará a las minorías
sexuales, algunos de los cuales relató extensamente El
Mercurio en un reportaje especial del mes pasado.
El más importante, y que no fue mencionado por el medio, es
una dictamen emitido el 2004 por la Dirección del Trabajo
donde sostiene que los derechos a no discriminación y/o de
igualdad garantizados en el artículo 2 del Código del
Trabajo y en diversos artículos de la Constitución Política
son también aplicables a las minorías sexuales.
La enumeración de las situaciones de discriminación del
artículo 2 del Código del Trabajo "no puede agotarse en una
enumeración cerrada, impidiendo la calificación de
discriminatorias de otras desigualdades de trato" no
expuestas en esa norma, señala el dictamen que fue resultado
de continuas propuestas y proyectos conjuntos desarrollados
por el Movilh con el Ministerio del Trabajo y con la
Dirección del Trabajo.
El dictamen, que fija el sentido y alcances del Código del
Trabajo, agrega que "de no entenderlo así se debería
concluir, por ejemplo, que la discriminación por preferencia
u orientación sexual, o por apariencia física no serían
conductas discriminatorias y por tanto reprochables
jurídicamente, cuestión que evidentemente no resiste
análisis alguno. A igual conclusión se llega respecto de la
discriminación por embarazo de la madre trabajadora o del
trabajador" que vive con vih/sida.
Cerrando el círculo de este avance, y como para despejar
dudas de sus alcances, desde el 2007 la Dirección del
Trabajo, nuevamente gracias a una propuesta y exigencia del
Movilh, permite desde junio pasado caratular de homofóbicas
o transfóbicas a las denuncias que cumplan con esa
problemática, lo cual antes no estaba permitido en sus
reparticiones.
El último antecedente es la eminente aprobación del Proyecto
de Ley que Establece Medidas contra la Discriminación, el
cual incluye a la orientación sexual y al género entre su
veintena de categorías protegidas gracias a una lucha de
casi una década del Movilh. "Obviamente esta ley será la
rectora en materia de prevención de la discriminación en
Chile", adelantan desde el Movilh.
El terreno es mucho más auspicioso al considerar que la
Nueva Justicia Laboral señala de manera explicita que el
trabajador podrá reclamar por cualquier falta al respeto y
protección a la vida privada y pública y a la honra de la
persona y de su familia, a la inviolabilidad de toda forma
de comunicación privada, a la libertad de conciencia, a la
libertad para emitir opinión, a la libertad del trabajo y el
derecho a su libre elección, todos aspectos vinculantes a la
discriminación padecida por las minorías sexuales.
UN CATASTRO DE LA DISCRIMINACIÓN
Con la Nueva Justicia Laboral podrá avanzarse en un catastro
más concreto de los casos de discriminación laboral de todo
tipo, documentación ahora inexistente y que en lo referente
a las minorías sexuales sólo es posible ubicar en los
informes anuales de los derechos humanos elaborados por el
Movilh.
El catastro, a juicio de la Organización Internacional del
Trabajo, es de gran relevancia pues al medir los niveles de
discriminación, permite contar con estadísticas para
políticas públicas más focalizadas y efectivas.
En su informe " La Igualdad en el Trabajo: afrontar los
retos que se plantean ", la OIT advirtió además, en
referencia a las minorías sexuales, que este sector es
"objeto de violencia verbal, psicológica y física, amén de
ser blanco de manifestaciones de odio", traducidas en
"despidos y denegación de empleo y ascenso", por lo cual
instó a los Estados a implementar medidas para enfrentar el
problema.
Tras su inicio en el sur de Chile, la Nueva Justicia Laboral
continuará el 31 de octubre próximo en las regiones de
Tarapacá, Coquimbo, Valparaíso y Los Ríos; el 30 de abril de
2009 en las regiones de Antofagasta, Bernardo O"Higgins,
Maule y del Bío-Bío; el 31 de agosto de este mismo año en la
Región Metropolitana; para finalizar el 30 de octubre de
2009 en las regiones de la Araucanía, Los Lagos, Aysén y
Arica y Parinacota.
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