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fsalazar@peru21.com
Árbitro de besos
En el Perú hay una autoridad de los besos. El Indecopi se ha
constituido en el juez supremo de los ósculos. Besarse puede ser
bueno o malo, según dictamine esta agencia del Gobierno. Un
activista gay ingresó a dos locales de Santa Isabel en 2004. Fue
retirado por darse besos en la boca con su novio. Chrisstian
Olivera denunció a la cadena de supermercados. El Indecopi acogió
la denuncia. Investigó el caso. Finalmente resolvió.
No sé si el Indecopi habrá considerado el tiempo de duración del
beso. Quizá estimó la intensidad, medida en calorías consumidas o
en niveles de líbido alcanzados.
El beso, concluyó, "podría afectar psicológicamente a los niños
presentes" (Perú.21, 19.6.06, p. 13). La Comisión de Protección al
Consumidor falló a favor de la tienda. La Sala de Defensa de la
Competencia lo confirmó.
Indecopi no tiene ninguna autoridad para determinar si está bien
darse besos homosexuales o heterosexuales en un supermercado.
Los besos en el local de Santa Isabel nada tienen que ver con
protección al consumidor ni con defensa de la competencia. Son una
intromisión en la moral de la gente y en sus formas de expresión.
Se entiende que haya un grupo que considere buenas las expresiones
de afecto heterosexual. Se entiende que el mismo grupo considere
malas las expresiones de afecto homosexual.
Por mayoritarios que sean, ¿tienen estos grupos derecho a prohibir
las expresiones de afecto de otros, de cultura sexual distinta?
¿Tienen derecho a ampararse en resoluciones del Indecopi para
legalizar sus prácticas de exclusión? Indecopi se ha debido
inhibir en este caso. Al aceptarlo, ha pretendido establecerse
como autoridad en el arbitrio de los besos. Ha hecho mal.
Protección al consumidor es cuando se defiende el derecho de un
consumidor frente a una pretensión de estafa por parte de un
vendedor. Defensa de la competencia es cuando un comerciante
recurre a medios ilegales para sacar de la competencia a otro. Ni
lo uno ni lo otro tiene nada que ver con el beso gay.
Los supermercados, por otro lado, son de propiedad privada. Tienen
derecho a establecer pautas de conducta admisibles. Un beso
homosexual no es igual que orinar entre los estantes, por ejemplo.
No obstante, reconozco el derecho del propietario a establecer
pautas de conducta basado en su cultura sexual. Los activistas
debieron hacer su prueba de discriminación en un lugar público o
estatal. Es distinto el ámbito privado del público.
Si en una mezquita hago la señal de la santa cruz, alguien puede
considerarlo una ofensa. Si alguien me retira de ahí, no tendría
que acusarlos de discriminadores. Debería más bien aprender a que
ese no es un lugar para expresiones de mi grupo religioso. Un
desencuentro de culturas distintas no es un asunto estatal. Debe
arreglarse a través del reconocimiento de todas las libertades y
derechos. Cuando el Estado se entromete en los besos, la
diferencia se convierte en discriminación.
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