EL COMITÉ DE DERECHOS HUMANOS RECOMENDÓ A LA
ARGENTINA MODIFICAR LA LEY QUE PENA LA
INTERRUPCIÓN DEL EMBARAZO
La ONU, contra las restricciones al aborto Tras
elogiar al país por los juicios por delitos de
lesa humanidad, el informe advierte sobre el
“desamparo” que genera la penalización del
aborto y la falta de implementación de la ley
que pena la violencia contra las mujeres.
Página 12
En Argentina, dos de las cuatro situaciones
preocupantes en lo que a derechos humanos
respecta involucran a mujeres. Así, al menos, lo
ha comprendido el Comité de Derechos Humanos de
Naciones Unidas (CDH) que, tras evaluar la
presentación hecha por el Estado nacional y las
observaciones planteadas por organizaciones de
la sociedad civil, señaló la gravedad del
desamparo generado por la penalización del
aborto, la falta de implementación de la ley que
castiga la violencia contra las mujeres y la
necesidad de extender algunos servicios de
atención a víctimas, el hacinamiento en las
cárceles y las detenciones en sedes policiales,
y la situación de los pueblos originarios (ver
recuadro).
En su conjunto, las observaciones finales del
CDH fueron recibidas con satisfacción por la
Secretaría de Derechos Humanos de la Nación.
Como señaló a este diario el subsecretario Luis
Alén, quien participó de la comitiva que
presentó el informe estatal ante el Comité, “la
primera parte toma nota de los avances que se
produjeron, lo cual es bueno” (ver nota aparte).
Lo demás, indicó, son asuntos “sobre los que se
está trabajando y que, en muchos casos, tienen
más que ver con situaciones provinciales, pero
nos parece bien que, entre las preocupaciones,
el Comité haya incluido el sistema federal”, por
lo que en el mediano plazo serán parte
importante del temario que abordará el Consejo
Federal de Derechos Humanos, cuya reunión está
prevista para el 7 y el 8 de abril.
El desamparo y la desigualdad de situaciones que
pueden sufrir las argentinas “por la legislación
restrictiva del aborto” y la “inconsistente
interpretación por parte de los tribunales” a la
hora de aplicar el artículo 86 y definir, en
cada caso judicializado, si se trata o no de un
caso no punible, constituyen otro núcleo de las
observaciones de Naciones Unidas. El Estado
argentino “debe modificar su legislación” para
que “ayude efectivamente a las mujeres a evitar
embarazos no deseados y que éstas no tengan que
recurrir a abortos clandestinos que podrían
poner en peligro sus vidas”. Para ello no sólo
es preciso trabajar sobre la ley: también está
pendiente “adoptar medidas para la capacitación
de jueces y personal de salud sobre el alcance
del artículo 86 del Código Penal”, en un sentido
que, según se desprende del informe, esté lejos
del espíritu restrictivo.
“El artículo 86 resulta claro cuando dice que es
no punible un aborto realizado en defensa de la
salud de la mujer”, comparte Alén, quien
recuerda que la secretaría se presentó como
amicus curiae en el primero de los dos casos
judicializados en Chubut, de las jovencitas
violadas y embarazadas por sus padrastros, y
estaba en tren de hacer lo propio, en
consonancia con el Consejo Nacional de las
Mujeres, en el segundo, cuando la vía judicial
otorgó el pedido a la víctima.
Hasta tanto vaya avanzando el trámite
parlamentario de los proyectos de
despenalización, Alén asegura que la secretaría
insistirá con la estrategia de acompañar a las
víctimas en los procesos cuando se judicializa
la solicitud. “Sin embargo, creemos que, en los
casos previstos por el artículo 86, pedir la
autorización judicial no es necesario, porque la
ley es clara en defender la salud de la mujer y
permitir la interrupción en casos de violación”.
En breve, por lo demás, la secretaría deberá
exponer también este tema ante el Consejo
Federal, al que, según se comprometió durante la
exposición ante el CDH, pedirá que las
instancias locales reclamen a las autoridades
sanitarias de cada jurisdicción las guías de
atención de abortos no punibles, realizadas
durante la gestión de Ginés González García en
el Ministerio de Salud.
La sanción de la Ley Protección Integral para
prevenir, sancionar y erradicar la violencia
contra las mujeres fue recibida “con
satisfacción” por Naciones Unidas. El CDH
señaló, sin embargo, su preocupación por “las
deficiencias en su aplicación efectiva”, habida
cuenta de que aún no ha sido reglamentada ni
puesta en práctica. El informe indica que ambas
cuestiones deben ser solucionadas a la brevedad,
lo cual incluye contemplar “una dotación
presupuestaria” que permita volverla real en
todo el país. Además, es tarea pendiente la
elaboración de estadísticas nacionales sobre
estos casos, “con miras a tener datos fidedignos
sobre la amplitud del problema y su evolución”.
En un sentido similar, el informe releva que,
aun cuando la creación de la Oficina de
Violencia Doméstica (dependiente de la Corte
Suprema) es positiva, atiende sólo a población
porteña y del Gran Buenos Aires y sus servicios
son limitados. Por ello la
recomendación es “tomar medidas para garantizar
que servicios” como los de la Oficina “sean
accesibles en cualquier parte del territorio
nacional y que la asistencia jurídica gratuita
en los casos de violencia doméstica que llegan a
los tribunales esté garantizada”.
El subsecretario Alén afirmó a este diario que
la reglamentación está siendo elaborada y que se
pondrá en marcha “a la brevedad”. “La demora
obedece a que hay que buscar una reglamentación
que haga efectiva la ley, no una que,
finalmente, haga que en la práctica la ley no
sea operativa. Creemos que este año va a estar
instrumentada”, agregó. En tanto, el funcionario
también aseguró que en distintas provincias se
están realizando convenios de capacitación para
que los tribunales locales puedan encontrar
maneras propias de replicar la experiencia de la
Oficina de la Corte.
Finalmente, la situación de las personas
privadas de su libertad mereció también
observaciones del Comité, aun cuando reconoce
“la importancia del fallo de la Corte Suprema”
en el caso Verbitsky, “que fijó los estándares
de protección de los derechos” de esas personas.
Todavía, señaló el CDH, es preocupante “la falta
de medidas para la aplicación efectiva” de esos
estándares. Sin embargo, en este punto Alén
diferenció lo que sucede en el sistema
penitenciario federal, “donde en este momento no
existe ya esa situación de hacinamiento”, de
otras dependencias penitenciarias provinciales.
En algunos distritos se comenzó a fortalecer la
voluntad de no convertir la prisión preventiva
en regla (algo que también señala el CDH), aun
cuando en algunas jurisdicciones las causas han
aumentado y el promedio de días de detención,
como en la provincia de Buenos Aires, se redujo
a 360. Alén reconoce que en otros distritos el
trabajo
está pendiente. Sin embargo, “en provincias como
Mendoza ha habido avances, como también los ha
habido en atención médica, y en acceso a la
educación para la población carcelaria.”
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