El PSOE se decide por una ley de plazos en que
el aborto es libre
La reforma impedirá alegar riesgo materno
después de la semana 22
ANABEL DÍEZ - Madrid - 12/02/2009
El Pais, España
Fecha: 2/02/2009
Difundido por RIMA - Red Informativa de Mujeres
de Argentina
Habrá ley de plazos para el aborto, es decir, un
periodo en que la mujer
podrá decidir libremente sobre su embarazo. Pero
también se fijará un
límite para supuestos del aborto, como los
riegos psíquicos para la
madre, que con la ley actual pueden practicarse
hasta el final de la
gestación. El Grupo Socialista en el Congreso se
ha decidido por un
modelo como el recomendado por los expertos que
asesoran al Gobierno, y
que proponen plazos de 14 semanas sin
justificación y de 22 semanas bajo
ciertos supuestos.
El texto fija en 16 años la edad para tener
autonomía para decidir
El Grupo Socialista ya ha elaborado las
propuestas que servirán de base
para la futura ley de Interrupción Voluntaria
del Embarazo (IVE). Hoy
las presentará en la Subcomisión parlamentaria
que ha trabajado para
recabar información y testimonios sobre la
situación del aborto en
España. Todos los grupos harán lo mismo. Los
socialistas se decantan por
una "ley específica", y dejar de considerar el
aborto como un delito
incurso en el Código Penal. Se derogará el
artículo 417 bis del Código
Penal, en el que ahora se establecen los tres
supuestos de despenalización.
La futura ley será "de plazos y de
indicaciones". En las
recomendaciones, que hoy expondrá la portavoz de
Igualdad del Grupo
Socialista, Carmen Montón, no se incluye un
plazo específico aunque en
el Grupo Socialista se da por seguro que el
Ministerio de Igualdad
marcará 14 semanas. En el texto socialista se
hace referencia a la
experiencia de los países de nuestro entorno y,
singularmente Francia,
en el que rigen las citadas 14 semanas.
Junto a este plazo se establecerá en la futura
ley un sistema de
indicaciones que, en todo caso, tendrán un
límite de 22 semanas, aunque
en las conclusiones tampoco figura
deliberadamente. Éste será el plazo
para interrumpir el embarazo en el supuesto de
malformación del feto y
de grave peligro para la salud física o psíquica
de la mujer. Esto
significa una novedad absoluta respecto a la
actual legislación, ya que
ahora no se establece límite para abortar si se
alegan riesgos
psíquicos, el supuesto que se utiliza
mayoritariamente. En la propuesta
no se hace referencia a la posibilidad de que la
mujer aborte en
cualquier momento de la gestación si se descubre
que el feto no es
viable, lo que sí recomendaba el informe de los
expertos del Gobierno.
Otra diferencia con respecto a la regulación
actual está en la
eliminación de la mención a la violación como
causa para abortar, ya que
este supuesto quedaría subsumido en el plazo de
aborto libre. El interés
del Grupo Socialista y del Gobierno en que la
futura ley tenga más
garantías jurídicas y de salud, se refleja en la
mención del aborto para
casos de menores. Se fija la edad de 16 años
para tener "autonomía de
decisión". Entre los 12 y los 16 años se "oirá"
al menor pero se exigirá
el consentimiento de padres o tutores.
La preocupación por el altísimo número de
abortos en adolescentes ha
llevado a proponer "facilitar el acceso a
métodos anticonceptivos
seguros y adecuados a cada situación". También
se habla de formación en
educación afectivo-sexual obligatoria en el
sistema educativo, "con el
fin de prevenir embarazos no deseados y
enfermedades de transmisión
sexual y otros problemas para la salud, y poner
las condiciones para un
intercambio afectivo entre los jóvenes basado en
la igualdad, la
libertad y el respeto a los derechos de la otra
persona y para un
desarrollo responsable de la sexualidad".
Sobre la apelación a la objeción de conciencia
por los médicos se
aconseja lo siguiente: "Clarificar el ejercicio
de la objeción de
conciencia, que en ningún caso podrá ser
invocada por los centros
sanitarios y no debe erigirse en un obstáculo
para el acceso de las
mujeres a la IVE, correspondiendo a las
autoridades sanitarias velar en
todo momento por la efectividad de dicha
prestación". Es decir, si un
médico no accede a la intervención, el centro
tendrá que proponer a
otro. Se pide, además, la inclusión del aborto y
la salud sexual y
reproductiva en los planes de estudio de las
profesiones sanitarias.
La situación actual
En España el aborto no es legal. Solamente está
despenalizado en tres
supuestos. Aun así, cada año interrumpen su
embarazo más de 100.000
mujeres. Los tres casos en los que es posible
abortar son:
- Peligro para la salud física y mental de la
madre. No tiene plazos. A
este supuesto se acogieron la mayoría (el 97%)
de las mujeres que
interrumpieron su embarazo. Dos médicos que no
sean los que van a
practicar la intervención deben acreditar el
perjuicio.
- Violación.T iene el límite más corto porque es
el más fácil de
acreditar: hay que practicarlo antes de las 12
semanas de gestación.
- Riesgo o malformación del feto. Tiene que
practicarse antes de las 22
semanas de embarazo. Es el supuesto que tiene un
límite más discutido.
Con los avances en neonatología, los expertos ya
son capaces de sacar
adelante a bebés nacidos en ese plazo. Pero hay
daños que se detectan
más tarde.
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