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Diario El Tiempo
Mayo 10 de 2006

Colombia: Corte Constitucional despenalizó el aborto en tres casos especiales

No será delito cuando la vida de la madre corra peligro, cuando hay malformaciones y en casos de violación.

La Corte Constitucional acogió, cinco votos contra tres, la demanda interpuesta por la abogada Mónica Roa, quien planteó estas causales para suspender la calidad de delito.

La decisión del tribunal es histórica, pues la legislación hasta ahora vigente en Colombia establecía pena en todos los casos de aborto.

La despenalización del aborto se convirtió en tema de campaña. Por un lado, el presidente Álvaro Uribe ha mantenido un rechazo contra cualquier intento por modificar las normas vigentes.

En favor de la despenalización está el ex magistrado de la Corte y actual candidato presidencial del Polo Democrático, Carlos Gaviria Díaz.

En Colombia se registran aproximadamente 400 mil abortos al año, pese a la prohibición expresa del Código Penal, razón por la cual se producen en condiciones de extremo riesgo para las mujeres que se lo practican.

El aborto, como decisión de una mujer de no tener un hijo sin mediar alguna de estas tres excepciones seguirá penalizado en el país.

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La Corte Constitucional despenaliza parcialmente el aborto en Colombia

05/10/2006 - 20:32:00
Fuente: Caracol Radio



De ahora en adelante no habrá cárcel para las mujeres que se practiquen el aborto cuando el embarazo sea consecuencia de una violación, cuando el feto presente malformación irreversible o cuando la gestación ponga en peligro la vida de la madre.

Esta fue la determinación que tomó la sala plena de la Corte Constitucional al acoger los argumentos de la abogada Mónica Roa y los argumentos del procurador general quien planteaba cambios a varios artículos del código penal que establecían cárcel de uno a tres años contra las mujeres y contra quien facilitaran esta práctica.

Esta determinación fue respaldada por los magistrados Jaime Araujo Renteria, Alfredo Beltrán Sierra, Manuel José Cepeda, Humberto Sierra Porto y Clara Inés Vargas.

Se apartaron de la legalización de esta práctica en casos especiales los magistrados Rodrigo Escobar Gil, Marco Gerardo Monroy Cabra y Alvaro Tafur Galvis, quienes votaron por mantener la penalización de aborto en Colombia.


Es un fallo histórico, dice promotora de la demanda

De inmediato, la abogada Mónica Roa declaró en Caracol Radio que se trata de un fallo histórico para las mujeres, "ya que muchas de ellas están muriendo y no podemos permitir que eso pase", afirmó.

Roa añadió que además se trataba de una discriminación de género y un asunto de justicia social.

La feminista Florence Thomas dijo que no está terminada esta lucha, se debe seguir adelante e intensificar las campañas de educación sexual, porque ninguna mujer considera el aborto como una fiesta, por el contrario, es un drama que se debe tomar con mucha responsabilidad.

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Despenalizan parcialmente el aborto

elespectador.com
Redacción Internet



La Corte Constitucional despenalizó parcialmente el aborto en Colombia. Serán tres los casos específicos en que se permitirá el aborto en el país.

Según decidió la Sala Plena de la Corte, cuando el embarazo sea producto de una violación, cuando se comprueben malformaciones en el feto y cuando se considere que está en peligro la vida de la madre, la ley colombiana permitirá el aborto.

En un hecho histórico para el país, el Alto Tribunal decidió, por una votación cinco a favor, tres en contra, y una abstención, darle vía libre parcial a una demanda instaurada por Mónica Roa, que pretendería la despenalización total de este tipo de acción.

Ya en otra ocasión, unos meses antes, la corte se había abstenido a votar por vicios en el trámite de la demanda. Mónica Roa, la demandante, dijo que esto es una decisión histórica, “que nos debían a las mujeres, porque hacía tiempo necesitamos que nos reconocieran nuestros derechos”.

Roa dijo, además, que esta es una medida de equidad. "Las mujeres de altos ingresos, que por violación u otros hechos debían recurrir al aborto, podían hacerlo fuera del país sin enfrentar las consecuencias penales que las mujeres pobres soportaban en el país", afirmó.
 


Despenalización parcial del aborto en Colombia

10 de Mayo de 2006, 10:44pm ET

La Corte Constitucional colombiana despenalizó parcialmente el aborto en Colombia en una decisión anunciada el miércoles por la noche tras una larga batalla de demandas a favor de ejecutar esta práctica.

Cinco magistrados votaron a favor de la despenalización mientras que otros tres se pronunciaron en contra.

El fallo precisa que no se aplicará pena de cárcel cuando el embarazo constituya peligro para la vida de la gestante, siempre y cuando sea certificado por un médico.

También será aplicada la misma norma cuando exista grave malformación del feto, lo que haría inviable su vida, indica la Corte.

Asimismo no será castigada la mujer que aborte cuando tenga un embarazo que sea resultado de una violación o de inseminación artificial o de transferencia de ovulo fecundados no consentidos o de incesto, dijo el texto de la sentencia.

Grupos en defensa de la vida publicaron el miércoles en periódicos de Bogotá, avisos en los que rechazaban la implantación del aborto aduciendo que se trataba de "un problema moral y no de salud pública".

Todos los candidatos presidenciales se manifestaron a favor del aborto en las tres condiciones planteadas en la demandas interpuesta por Mónica Roa.


Las legislaciones de Chile y El Salvador prohiben totalmente el aborto

La organización Womens Link Worldwide, fundada hace cinco años y con sedes en Nueva York, Madrid y Bogotá, ha enfocado su trabajo con el sistema judicial para promover la equidad de genero, los derechos sexuales y reproductivos y contra la discriminación por genero y la violencia por genero.


Colombia es un estado laico desde 1991

En 1994 y 1997 la Corte Constitucional emitió su primer fallo en el que los magistrados se apoyaron en las encíclicas papales para justificar la constitucionalidad en la penalización del aborto, según Mónica Roa, demandante de la despenalización del aborto.

"La corte cumplió con su deber al reconocer los derechos de las mujeres colombianas. Fue un gran éxito para los grupos de mujeres que por tanto tiempo fueron abonando el terreno para que esta demanda tuviera éxito", dijo Roa al programa Hora 20 de la emisora Caracol.

Roa fue apoyada por la psicóloga francesa Florence Thomas, coordinadora del grupo Mujer y Sociedad, quien aseguró que "es una puerta que se abre. Es una Corte Constitucional que empieza a reconocer ese derecho fundamental de las mujeres".

Roa soportó su demanda en tres argumentos: "El primero porque las mujeres se nos están muriendo en Colombia y no podemos permitir que eso pase. La segunda se trataba de una discriminación de género. No había ninguna practica que los hombres necesitaran y que fuera considerada delito. Tercero, era un asunto de justicia social. Las mujeres sin recursos eran las que estaban pagando con su vida y salud".

Los programas radiales de opinión de inmediato iniciaron comentarios algunos a favor y otros en contra con personalidades de la vida política, juristas y otros comentaristas. Se abrió un gran debate por este fallo, que algunos ya dicen que puede ocurrir que se abuse de esta nueva norma.

El aborto en Colombia era penalizado hasta con tres años de cárcel para la mujer y la misma sanción para quien lo indujese.

Fuente: www.univision.com
 


Tras fallo de la Corte Constitucional

Despenalizan el aborto en casos especiales


COLPRENSA
BOGOTA



La Corte Constitucional en un fallo histórico acogió anoche el concepto del procurador Edgardo maya Villazón, sobre la despenalización del aborto en tres casos especiales.

La Corte fue clara. No se incurrirá en delito: "cuando a continuación del embarazo constituye peligro para la vida o salud a la mujer y este dictamen esté certificado por un médico; cuando exista grave malformación en el feto que haga inviable la vida la madre y cuando el embarazo sea resultado de una violación denunciada, acceso carnal violento, acto sexual, inseminación artificial o transferencia de óvulo fecundado sin consentimiento".

Al final la decisión se mostró apretada, cuando hacia las 8 de la noche del miércoles se conoció el resultado de la votación que dio vía libre al aborto únicamente en los tres casos mencionados.

La medida fue adoptada por cinco votos a favor y tres en contra, teniendo en cuenta que salvaron su voto los magistrados Rodrigo Escobar Gil, Marco Gerardo Monroy Cabra y Álvaro Tafur Galvis, quienes mantuvieron su objeción contra la sentencia definitiva, opinión que compartió el presidente del tribunal, Jaime Córdoba Triviño, ex vicefiscal General de la Nación.

De esta manera las penas a prisión que contempla el Código Penal que oscilan entre uno y tres años para la mujer que se practique el aborto, y de cuatro a 10 años para quien cause el aborto sin consentimiento quedan eliminados en los casos mencionados.

De igual manera, la Corte declaró inexequible la expresión "o de mujer de 14 años", consagrada en el artículo 123 de Código Penal que destaca el aborto sin consentimiento que se puede causar en una menor de 14 años.

Similar decisión adoptó frente al artículo 124 del Código Penal que establece reducción en las penas cuando el aborto se practica como consecuencia de actos sexuales sin consentimiento.


La perseverancia de Roa

La demanda en contra de la penalización del aborto fue interpuesta por la abogada Mónica Roa, quien luego de varias batallas jurídicas parece salir victoriosa. Tras el primer fallo adverso a sus pretensiones decidió entablar una nueva acción, sobre la cual precisamente se pronunció el alto tribunal.

"A pesar de que no compartimos los tecnicismos jurídicos de la Corte, los respetamos y por eso modificamos la demanda", sostuvo en ese momento Roa.

En esta última oportunidad reclamó la inexequibilidad de los artículos 122, 123, 124 y el numeral siete del artículo 32 del Código Penal, que penalizan el aborto con penas de, entre, 1 y 10 años de prisión de acuerdo a la forma como se hubiera practicado.

Parte de estas labores fueron avaladas por el Procurador Maya, quien ratificó el llamado de la jurista, pues esta práctica, entre otros, genera un grave problema de salud pública.

Por su parte, en una escueta declaración, y luego de conocer el fallo, el presidente de la República Álvaro Uribe, dijo que "el Gobierno es respetuoso de las decisiones de la Corte".


Iglesia Católica lamentó decisión

La Iglesia Católica aseguró que es un desafío y una tarea especialmente para los creyentes. "Hay que amar la vida", fue el llamado que hizo el vicario episcopal del arzobispo de Bogotá, monseñor Francisco Nieto, quien aseguró que para "la Iglesia la vida humana debe ser respetada desde el principio".

Precisó que "es una lástima que con estas modalidades se disminuya la vida humana, esto abre una puerta a la violencia contra aquellos seres que en definitiva no pueden defenderse... ".


Fuente: http://www.vanguardia.com
 


Colombia despenaliza aborto en casos excepcionales

Jueves 11 de Mayo, 2006 8:08 GMT7
BOGOTA (Reuters)



La Corte Constitucional de Colombia despenalizó el miércoles el aborto en tres casos excepcionales, una polémica decisión en plena campaña presidencial que provocó un enérgico rechazo de la iglesia católica y el beneplácito de grupos feministas.

En el histórico fallo, con cinco votos a favor y tres en contra, el tribunal decidió que el aborto no será delito cuando la vida de la madre corra peligro, se compruebe malformación del feto, o el embarazo sea producto de una violación.

El tribunal aclaró que la decisión de una mujer de no tener un hijo sin mediar algunas de las tres excepciones seguirá siendo castigada con cárcel.

Las leyes penales de Colombia establecen entre uno y tres años de prisión a la mujer que se sometiera a un aborto.

La corte sentenció que para comprobar los casos de malformaciones genéticas del feto o el riesgo para la vida de la madre debe haber una certificación médica.

En cambio, en los casos de violación debe mediar la denuncia ante las autoridades o el concepto de autoridades científicas reconocidas, como el instituto de ciencias médicas y forenses.

"Yo creo en muchos países del mundo, la inmensa mayoría ya tiene esta legislación actualizada, y queremos que Colombia esté con los nuevos estándares internacionales," dijo el procurador general de la nación, Edgardo Maya, quien calificó la situación como un problema de salud pública.

Por su parte la abogada Mónica Roa, quien interpuso la demanda a favor de la despenalización del aborto en casos excepcionales, celebró la decisión del tribunal y aseguró que es un fallo histórico.

"Estamos felices, creo que es un momento histórico para todas las mujeres colombianas y para la sociedad colombiana en general, y un triunfo para todas las mujeres que por tanto tiempo abonaron el terreno para que esta demanda tuviera éxito," declaró Roa.

En tanto, la iglesia católica manifestó su rechazo a la decisión de la corte, en un país que mayoritariamente profesa esa religión.

"Nos parece lamentable este fallo. Nosotros siempre hemos considerado que ninguna de estas tres razones justifica la eliminación de un niño. Seguiremos defendiendo la vida del niño, la vida de la madre, y la inmoralidad del aborto," dijo el presidente de la Conferencia Episcopal, monseñor Luis Augusto Castro.

En Colombia se practican más de 300.000 abortos al año, la mayoría clandestinos, sin condiciones médicas ni higiénicas, por lo que muchas mujeres que se someten a ese procedimiento mueren, según autoridades médicas que aseguran que es la segunda causa de mortalidad femenina.

El aborto se convirtió en uno de los principales temas de discusión en la actual campaña presidencial.

El candidato del izquierdista Polo Democrático Alternativo, Carlos Gaviria, apoyó abiertamente la despenalización del aborto.