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Diario El Tiempo
Mayo 10 de 2006
Colombia: Corte Constitucional despenalizó el aborto en tres casos
especiales
No será delito cuando la vida de la madre corra peligro, cuando
hay malformaciones y en casos de violación.
La Corte Constitucional acogió, cinco votos contra tres, la
demanda interpuesta por la abogada Mónica Roa, quien planteó estas
causales para suspender la calidad de delito.
La decisión del tribunal es histórica, pues la legislación hasta
ahora vigente en Colombia establecía pena en todos los casos de
aborto.
La despenalización del aborto se convirtió en tema de campaña. Por
un lado, el presidente Álvaro Uribe ha mantenido un rechazo contra
cualquier intento por modificar las normas vigentes.
En favor de la despenalización está el ex magistrado de la Corte y
actual candidato presidencial del Polo Democrático, Carlos Gaviria
Díaz.
En Colombia se registran aproximadamente 400 mil abortos al año,
pese a la prohibición expresa del Código Penal, razón por la cual
se producen en condiciones de extremo riesgo para las mujeres que
se lo practican.
El aborto, como decisión de una mujer de no tener un hijo sin
mediar alguna de estas tres excepciones seguirá penalizado en el
país.
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La Corte Constitucional despenaliza parcialmente el aborto en
Colombia
05/10/2006 - 20:32:00
Fuente: Caracol Radio
De ahora en adelante no habrá cárcel para las mujeres que se
practiquen el aborto cuando el embarazo sea consecuencia de una
violación, cuando el feto presente malformación irreversible o
cuando la gestación ponga en peligro la vida de la madre.
Esta fue la determinación que tomó la sala plena de la Corte
Constitucional al acoger los argumentos de la abogada Mónica Roa y
los argumentos del procurador general quien planteaba cambios a
varios artículos del código penal que establecían cárcel de uno a
tres años contra las mujeres y contra quien facilitaran esta
práctica.
Esta determinación fue respaldada por los magistrados Jaime Araujo
Renteria, Alfredo Beltrán Sierra, Manuel José Cepeda, Humberto
Sierra Porto y Clara Inés Vargas.
Se apartaron de la legalización de esta práctica en casos
especiales los magistrados Rodrigo Escobar Gil, Marco Gerardo
Monroy Cabra y Alvaro Tafur Galvis, quienes votaron por mantener
la penalización de aborto en Colombia.
Es un fallo histórico, dice promotora de la demanda
De inmediato, la abogada Mónica Roa declaró en Caracol Radio que
se trata de un fallo histórico para las mujeres, "ya que muchas de
ellas están muriendo y no podemos permitir que eso pase", afirmó.
Roa añadió que además se trataba de una discriminación de género y
un asunto de justicia social.
La feminista Florence Thomas dijo que no está terminada esta
lucha, se debe seguir adelante e intensificar las campañas de
educación sexual, porque ninguna mujer considera el aborto como
una fiesta, por el contrario, es un drama que se debe tomar con
mucha responsabilidad.
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Despenalizan parcialmente el aborto
elespectador.com
Redacción Internet
La Corte Constitucional despenalizó parcialmente el aborto en
Colombia. Serán tres los casos específicos en que se permitirá el
aborto en el país.
Según decidió la Sala Plena de la Corte, cuando el embarazo sea
producto de una violación, cuando se comprueben malformaciones en
el feto y cuando se considere que está en peligro la vida de la
madre, la ley colombiana permitirá el aborto.
En un hecho histórico para el país, el Alto Tribunal decidió, por
una votación cinco a favor, tres en contra, y una abstención,
darle vía libre parcial a una demanda instaurada por Mónica Roa,
que pretendería la despenalización total de este tipo de acción.
Ya en otra ocasión, unos meses antes, la corte se había abstenido
a votar por vicios en el trámite de la demanda. Mónica Roa, la
demandante, dijo que esto es una decisión histórica, “que nos
debían a las mujeres, porque hacía tiempo necesitamos que nos
reconocieran nuestros derechos”.
Roa dijo, además, que esta es una medida de equidad. "Las mujeres
de altos ingresos, que por violación u otros hechos debían
recurrir al aborto, podían hacerlo fuera del país sin enfrentar
las consecuencias penales que las mujeres pobres soportaban en el
país", afirmó.
Despenalización parcial del aborto en Colombia
10 de Mayo de 2006, 10:44pm ET
La Corte Constitucional colombiana despenalizó parcialmente el
aborto en
Colombia en una decisión anunciada el miércoles por la noche tras
una
larga batalla de demandas a favor de ejecutar esta práctica.
Cinco magistrados votaron a favor de la despenalización mientras
que
otros tres se pronunciaron en contra.
El fallo precisa que no se aplicará pena de cárcel cuando el
embarazo
constituya peligro para la vida de la gestante, siempre y cuando
sea
certificado por un médico.
También será aplicada la misma norma cuando exista grave
malformación
del feto, lo que haría inviable su vida, indica la Corte.
Asimismo no será castigada la mujer que aborte cuando tenga un
embarazo
que sea resultado de una violación o de inseminación artificial o
de
transferencia de ovulo fecundados no consentidos o de incesto,
dijo el
texto de la sentencia.
Grupos en defensa de la vida publicaron el miércoles en periódicos
de
Bogotá, avisos en los que rechazaban la implantación del aborto
aduciendo que se trataba de "un problema moral y no de salud
pública".
Todos los candidatos presidenciales se manifestaron a favor del
aborto
en las tres condiciones planteadas en la demandas interpuesta por
Mónica
Roa.
Las legislaciones de Chile y El Salvador prohiben
totalmente el aborto
La organización Womens Link Worldwide, fundada hace cinco años y
con
sedes en Nueva York, Madrid y Bogotá, ha enfocado su trabajo con
el
sistema judicial para promover la equidad de genero, los derechos
sexuales y reproductivos y contra la discriminación por genero y
la
violencia por genero.
Colombia es un estado laico desde 1991
En 1994 y 1997 la Corte Constitucional emitió su primer fallo en
el que
los magistrados se apoyaron en las encíclicas papales para
justificar la
constitucionalidad en la penalización del aborto, según Mónica
Roa,
demandante de la despenalización del aborto.
"La corte cumplió con su deber al reconocer los derechos de las
mujeres
colombianas. Fue un gran éxito para los grupos de mujeres que por
tanto
tiempo fueron abonando el terreno para que esta demanda tuviera
éxito",
dijo Roa al programa Hora 20 de la emisora Caracol.
Roa fue apoyada por la psicóloga francesa Florence Thomas,
coordinadora
del grupo Mujer y Sociedad, quien aseguró que "es una puerta que
se
abre. Es una Corte Constitucional que empieza a reconocer ese
derecho
fundamental de las mujeres".
Roa soportó su demanda en tres argumentos: "El primero porque las
mujeres se nos están muriendo en Colombia y no podemos permitir
que eso
pase. La segunda se trataba de una discriminación de género. No
había
ninguna practica que los hombres necesitaran y que fuera
considerada
delito. Tercero, era un asunto de justicia social. Las mujeres sin
recursos eran las que estaban pagando con su vida y salud".
Los programas radiales de opinión de inmediato iniciaron
comentarios
algunos a favor y otros en contra con personalidades de la vida
política, juristas y otros comentaristas. Se abrió un gran debate
por
este fallo, que algunos ya dicen que puede ocurrir que se abuse de
esta
nueva norma.
El aborto en Colombia era penalizado hasta con tres años de cárcel
para
la mujer y la misma sanción para quien lo indujese.
Fuente: www.univision.com
Tras fallo de la Corte Constitucional
Despenalizan el aborto en casos
especiales
COLPRENSA
BOGOTA
La Corte Constitucional en un fallo histórico acogió anoche el
concepto
del procurador Edgardo maya Villazón, sobre la despenalización del
aborto en tres casos especiales.
La Corte fue clara. No se incurrirá en delito: "cuando a
continuación
del embarazo constituye peligro para la vida o salud a la mujer y
este
dictamen esté certificado por un médico; cuando exista grave
malformación en el feto que haga inviable la vida la madre y
cuando el
embarazo sea resultado de una violación denunciada, acceso carnal
violento, acto sexual, inseminación artificial o transferencia de
óvulo
fecundado sin consentimiento".
Al final la decisión se mostró apretada, cuando hacia las 8 de la
noche
del miércoles se conoció el resultado de la votación que dio vía
libre
al aborto únicamente en los tres casos mencionados.
La medida fue adoptada por cinco votos a favor y tres en contra,
teniendo en cuenta que salvaron su voto los magistrados Rodrigo
Escobar
Gil, Marco Gerardo Monroy Cabra y Álvaro Tafur Galvis, quienes
mantuvieron su objeción contra la sentencia definitiva, opinión
que
compartió el presidente del tribunal, Jaime Córdoba Triviño, ex
vicefiscal General de la Nación.
De esta manera las penas a prisión que contempla el Código Penal
que
oscilan entre uno y tres años para la mujer que se practique el
aborto,
y de cuatro a 10 años para quien cause el aborto sin
consentimiento
quedan eliminados en los casos mencionados.
De igual manera, la Corte declaró inexequible la expresión "o de
mujer
de 14 años", consagrada en el artículo 123 de Código Penal que
destaca
el aborto sin consentimiento que se puede causar en una menor de
14 años.
Similar decisión adoptó frente al artículo 124 del Código Penal
que
establece reducción en las penas cuando el aborto se practica como
consecuencia de actos sexuales sin consentimiento.
La perseverancia de Roa
La demanda en contra de la penalización del aborto fue interpuesta
por
la abogada Mónica Roa, quien luego de varias batallas jurídicas
parece
salir victoriosa. Tras el primer fallo adverso a sus pretensiones
decidió entablar una nueva acción, sobre la cual precisamente se
pronunció el alto tribunal.
"A pesar de que no compartimos los tecnicismos jurídicos de la
Corte,
los respetamos y por eso modificamos la demanda", sostuvo en ese
momento
Roa.
En esta última oportunidad reclamó la inexequibilidad de los
artículos
122, 123, 124 y el numeral siete del artículo 32 del Código Penal,
que
penalizan el aborto con penas de, entre, 1 y 10 años de prisión de
acuerdo a la forma como se hubiera practicado.
Parte de estas labores fueron avaladas por el Procurador Maya,
quien
ratificó el llamado de la jurista, pues esta práctica, entre
otros,
genera un grave problema de salud pública.
Por su parte, en una escueta declaración, y luego de conocer el
fallo,
el presidente de la República Álvaro Uribe, dijo que "el Gobierno
es
respetuoso de las decisiones de la Corte".
Iglesia Católica lamentó decisión
La Iglesia Católica aseguró que es un desafío y una tarea
especialmente
para los creyentes. "Hay que amar la vida", fue el llamado que
hizo el
vicario episcopal del arzobispo de Bogotá, monseñor Francisco
Nieto,
quien aseguró que para "la Iglesia la vida humana debe ser
respetada
desde el principio".
Precisó que "es una lástima que con estas modalidades se disminuya
la
vida humana, esto abre una puerta a la violencia contra aquellos
seres
que en definitiva no pueden defenderse... ".
Fuente: http://www.vanguardia.com
Colombia despenaliza aborto en casos excepcionales
Jueves 11 de Mayo, 2006 8:08 GMT7
BOGOTA (Reuters)
La Corte Constitucional de Colombia despenalizó
el
miércoles el aborto en tres casos excepcionales, una polémica
decisión
en plena campaña presidencial que provocó un enérgico rechazo de
la
iglesia católica y el beneplácito de grupos feministas.
En el histórico fallo, con cinco votos a favor y tres en contra,
el
tribunal decidió que el aborto no será delito cuando la vida de la
madre
corra peligro, se compruebe malformación del feto, o el embarazo
sea
producto de una violación.
El tribunal aclaró que la decisión de una mujer de no tener un
hijo sin
mediar algunas de las tres excepciones seguirá siendo castigada
con cárcel.
Las leyes penales de Colombia establecen entre uno y tres años de
prisión a la mujer que se sometiera a un aborto.
La corte sentenció que para comprobar los casos de malformaciones
genéticas del feto o el riesgo para la vida de la madre debe haber
una
certificación médica.
En cambio, en los casos de violación debe mediar la denuncia ante
las
autoridades o el concepto de autoridades científicas reconocidas,
como
el instituto de ciencias médicas y forenses.
"Yo creo en muchos países del mundo, la inmensa mayoría ya tiene
esta
legislación actualizada, y queremos que Colombia esté con los
nuevos
estándares internacionales," dijo el procurador general de la
nación,
Edgardo Maya, quien calificó la situación como un problema de
salud pública.
Por su parte la abogada Mónica Roa, quien interpuso la demanda a
favor
de la despenalización del aborto en casos excepcionales, celebró
la
decisión del tribunal y aseguró que es un fallo histórico.
"Estamos felices, creo que es un momento histórico para todas las
mujeres colombianas y para la sociedad colombiana en general, y un
triunfo para todas las mujeres que por tanto tiempo abonaron el
terreno
para que esta demanda tuviera éxito," declaró Roa.
En tanto, la iglesia católica manifestó su rechazo a la decisión
de la
corte, en un país que mayoritariamente profesa esa religión.
"Nos parece lamentable este fallo. Nosotros siempre hemos
considerado
que ninguna de estas tres razones justifica la eliminación de un
niño.
Seguiremos defendiendo la vida del niño, la vida de la madre, y la
inmoralidad del aborto," dijo el presidente de la Conferencia
Episcopal,
monseñor Luis Augusto Castro.
En Colombia se practican más de 300.000 abortos al año, la mayoría
clandestinos, sin condiciones médicas ni higiénicas, por lo que
muchas
mujeres que se someten a ese procedimiento mueren, según
autoridades
médicas que aseguran que es la segunda causa de mortalidad
femenina.
El aborto se convirtió en uno de los principales temas de
discusión en
la actual campaña presidencial.
El candidato del izquierdista Polo Democrático Alternativo, Carlos
Gaviria, apoyó abiertamente la despenalización del aborto.
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